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Berengario Trigona

Biografía

Trigona, Berengario. Conde de Trigona, en el Ducado de Parma. Piazza Armerina (Sicilia, Italia), 1.X.1700-31.V.1701 – Puerto de Santa María (Cádiz), 2.X.1779. Militar, gobernador político y militar.

Nacido en el seno de una familia de la nobleza siciliana, vio toda su vida condicionada por la política seguida por la nueva dinastía borbónica establecida en el Trono español tras la guerra de sucesión. Así, se distingue una primera etapa de política irredentista de Felipe V en la que no se resigna a someterse a las pérdidas territoriales que había impuesto el Tratado de Utrecht junto a la ambición de su segunda esposa, Isabel de Farnesio, de ver coronados a sus hijos. En este contexto inició Trigona su carrera militar en la primera campaña italiana en el Regimiento de Palermo bajo las órdenes del marqués de Lede, cuando éste llevó a cabo en 1718 la invasión de Sicilia, hasta que fueron evacuados en 1720, pero logrando en el Tratado de La Haya de ese año la promesa de que el ducado de Parma fuera sucedido por el infante don Carlos de Borbón, primogénito de Isabel de Farnesio. Casó Trigona al año siguiente con María Antonia de la Peña y Bustamante en Hostalrich (Gerona), de cuya unión nacerían dos hijos, una hembra y un varón, que seguiría también la carrera militar.

Tras el fracasado asedio de Gibraltar en 1727, bajo la dirección del conde de las Torres, quedó Trigona concentrado en Cádiz como capitán del Regimiento de Nápoles, preparándose para la segunda campaña italiana que dio comienzo en 1734 en el contexto del primer pacto de familia, logrando ascender a sargento mayor del Regimiento de Parma, mientras que en el Tratado firmado en Viena en 1735, se entronizaba a Carlos de Borbón como Rey de las Dos Sicilias, pero a cambio de ceder sus otras posesiones italianas a Carlos VI de Austria. Nuevamente, en 1741, bajo los auspicios del que sería el segundo pacto de familia, la península italiana volvió a convertirse en escenario de operaciones belicistas en que se halló Trigona como comandante del Regimiento de Infantería de Parma, que se vieron interrumpidas por el fallecimiento de Felipe V en 1746 y la política pacifista emprendida por Fernando VI de España, pero que logró en el Tratado de Aquisgrán de 1748, la concesión de los ducados de Parma, Plasencia y Guastalla para el infante Felipe de Borbón, a cuyas órdenes quedó Berengario Trigona. Fue, entonces, en 1749, cuando éste inicia una segunda etapa de su vida alejado de los campos de batalla, pero más colmado de honores, pues el infante duque de Parma, hallándose alejado de la política internacional que le permite volcarse en una política casi municipal de sus pequeños estados, ascendió a Trigona a teniente coronel del Regimiento de Parma, pero para colocarlo como gobernador político y militar del ducado de Guastalla, concediéndole a continuación el condado de Trigona, en atención a su distinguida casa y por los servicios prestados a la Casa de Borbón. Dos años después, el duque de Parma le concedió el grado de brigadier, y, en apenas dos meses, el grado de coronel de sus Reales Ejércitos. Finalmente, el conde de Trigona pasó a la Corte parmesana, el 13 de mayo de 1752, por haber sido nombrado gentilhombre de la Real Cámara, con entrada.

Las expectativas de Isabel de Farnesio de creación de estados italianos satélites de España con coronas ceñidas por sus hijos se vieron superadas cuando también falleció el segundo hijo de María Luisa de Saboya, Fernando VI, pues su medio hermano Carlos III debió abandonar el reino de las Dos Sicilias para asumir el trono español, lo que propicia que se retornase a una política belicista como consecuencia de la firma del tercer pacto de familia, por la que España entró en 1761 en la Guerra de los Siete Años en apoyo de Francia contra Inglaterra. Sin embargo, el conde de Trigona permaneció en la Corte parmesana hasta que la muerte repentina del duque de Parma, en 1765, le permitió volver a España, concediéndole el rey Carlos III el Gobierno Político y Militar del Puerto de Santa María quien, en su afán de rodearse de personas de su confianza, reconocía la buena gestión que había realizado en el ducado de Guastalla. Por contra, se ve apartado de los ascensos, que reclamó hasta prácticamente el final de sus días, mientras empezaba a involucrase en la política de reformismo ilustrado que rodeó todo el reinado de Calos III, pues en la mañana del viernes día 3 de abril de 1767 por comunicación del nuevo Presidente del Consejo de Castilla, Pedro Pablo Abarca de Bolea y Ximénez de Urrea, X conde de Aranda, tuvo que hacerse cargo de todas las actuaciones que se dirimieron en el Puerto de Santa María como consecuencia de la Pragmática Sanción o Real Decreto de expulsión de la Compañía de Jesús de los dominios españoles y confiscación de sus bienes, de 27 de febrero de 1767. La expulsión de los jesuitas se quiso aprovechar para realizar una reforma de la enseñanza que debía fundamentarse en las disciplinas científicas y en la investigación, pero con el fin de darle cierta legitimidad se les hizo responsables del motín que estalló en Madrid, el 23 de marzo de 1766, generalizándose la protesta después en el resto de provincias, lo que había provocado la huida del Rey a Aranjuez. El pretexto final fue la orden de Esquilache de cambiar la capa larga y el sombrero de ala ancha de los madrileños por la capa corta y el sombrero de tres picos, pero el fondo de la cuestión debe buscarse en un ambiente generalizado de protesta originado por la escasez de los productos alimenticios básicos y una subida desorbitada de los precios que había desencadenado la política reformista llevada a cabo por ministros extranjeros del Gobierno del Rey, a causa de las malas cosechas de los últimos años y las especulaciones de los acaparadores amparados por la liberalización del comercio de cereales, sin haber previsto una modificación de las estructuras sociales. Los amotinados exigieron la reducción del precio de los alimentos y la supresión de la Junta de Abastos, la derogación de la orden sobre la vestimenta, el cese de ministros extranjeros de Carlos III y su sustitución por españoles y un perdón general. El Monarca desterró a Esquilache y nombró en su lugar al conde de Aranda. Sin embargo, el período comprendido entre 1763 y 1770 fue el de la puesta en marcha de los proyectos liberalizadores y reformistas más ambiciosos y de mayor insistencia en la política agraria, por lo que el establecimiento en 1765 del libre comercio de granos y la abolición de tasa no sólo continuó siendo uno de los pilares esenciales del reformismo agrario de Carlos III, sino que se amplió en 1767 a la liberalización de los precios de otros víveres y de los jornales en el campo, pese a la oposición del Consejo de Castilla. No obstante, las múltiples reacciones hostiles en forma de quejas, informes, representaciones y hasta defecciones de las autoridades provinciales y locales ante la grave situación de subsistencias se dio comienzo al conocido como “Expediente de Ley Agraria”, con el que el Gobierno ilustrado pensó dar solución a estos años de crisis del campo español, para lo cual se estipuló por Real Orden de 20 de agosto de 1768, la formación de matrículas o registros de asiento de comerciantes de granos, y a una orden del Consejo de Castilla dictada el 27 de julio de 1769, en que se mandaba a los corregidores que enviaran las listas de los comerciantes de granos matriculados en cada lugar, en ese año, junto con un dictamen sobre la conveniencia o no de que existieran dichos comerciantes y, en general, la libertad de comercio. En su gran mayoría, los corregidores manifestaron una mentalidad anticomercial que se sostenía en una teoría conspiratoria de los precios atribuyendo la carestía y escasez de los granos a la codicia y manipulación de los comerciantes y a la propia ineficacia del Gobierno, por lo que en general se reclamaba la vuelta al antiguo sistema. En esos términos se expresó el conde de Trigona cuando en su informe de 18 de agosto de 1769 aludió a la futilidad de establecer una matrícula de comerciantes, “porque así como hasta ahora las gentes de algunas facultades, y representación, aunque su ambición les inclinase al lucro, se abstenían de ello por constarles lo mal visto que era generalmente, al presente lo practican sin el menor embarazo, aún hasta los mismos labradores poderosos, que si pensaran como debían, venderían la tercera parte de sus granos en la misma cosecha; otra tercera parte en enero y febrero, y la otra para mayo y junio para lograr de todos los tres precios”. La supresión de la tasa agravó aún más el perseguido almacenamiento de granos, porque las posibilidades de aprovechar las fluctuaciones de los precios eran mucho mayores, pues, como advertía el conde de Trigona, “el principal fraude en el legítimo valor de los granos consiste en los mismos Logreros [es decir, aquellos que compran o guardan y retienen los frutos para venderlos después a precio excesivo] que al tiempo de la cosecha, reparten dinero por todos los pueblos para comprar el trigo a los pobres peujareros [o pegujalero, es decir, labrador que tiene poca siembra o labor] y pelentrines [o pequeños propietarios de un minifundio entre diez y veinte fanegas], que se ven precisados a venderlo luego, que lo cogen para pagar sus empeños. Por cuya razón se aumenta el precio diariamente, como se está tocando en la presente cosecha que abriéndose el precio en Arcos a treinta reales de vellón la fanega de trigo, antes de un mes ya valía a cuarenta o cuarenta y cinco, y en el día vale aquí hasta cincuenta el de la mejor calidad; siendo la causa el no haber ya quien lo venda, si no es los labradores ricos, que para lucrarse, a más del de sus cosechas, compraron lo que pudieron, con el qué, y el que tienen encerrado otros logreros, están aguantando el resulto de sus cosechas de fuera del Reino para saciar su ambición en el caso de que no venga trigo”. Y, todo ello, en definitiva, condujo a una grave crisis de subsistencias, que en el caso del Puerto de Santa María, aunque paliada en parte por el comercio marítimo, se agravaba aún más por el hecho de ser el centro que había elegido el conde de Aranda para concentrar no sólo a los jesuitas provenientes de Extremadura y Andalucía Occidental y Canarias, sino también a los 2.258 jesuitas llegados de América desde el inicio del extrañamiento hasta el 21 de agosto de 1772, incluyendo los ciento trece expulsados de Filipinas, en su tránsito hacia el Puerto de Civita Vechia, lugar donde habían arribado los jesuitas portugueses desterrados por el marqués de Pombal y los franceses extrañados por el duque de Choisel, verdadero impulsor de las ideas antijesuíticas durante las sesiones que se siguieron durante la celebración del tercer pacto de familia, que se había propuesto expulsarlos de todos los Estados de la Casa de Borbón.

De este modo, el conde de Trigona tuvo la responsabilidad de recibir, cobijar y enviar a Italia a cerca de seis mil jesuitas expulsados durante esos años. Después, asumió la presidencia de la Junta Local de Temporalidades que se organizó con objeto de liquidar para la hacienda real todos los bienes confiscados a la Compañía de Jesús. Sin embargo, la oligarquía de la ciudad no quiso obtener provecho de la situación, por lo que la Junta de Temporalidades se dedicó fundamentalmente a administrar los inmuebles y a evitar el deterioro de los bienes muebles incautados, apoyándose Trigona en esta labor en su alférez mayor, Guillermo de Tirry, marqués de la Cañada, que habiendo formado parte de la Comisión de Extrañamiento, pasó a los cargos de Vocal y Administrador de la Junta. Con cierta filantropía, juntos controlaron todo lo relacionado con el extrañamiento de los regurales en el Puerto de Santa María, que asumió unipersonalmente Cañada por delegación de Trigona a partir de la sesión de 7 de febrero de 1776, probablemente por enfermedad, hasta el 11 de mayo de 1779, que fue relevado el conde de Trigona de su cargo de gobernador y se nombró a Epifanio de Fortuny como su sustituto.

Finalmente, falleció el 2 de octubre de 1779, pidiendo que sus restos reposaran en el Convento de las Capuchinas junto al que había sido más amigo que su subordinado, el marqués de la Cañada, que a su vez había muerto apenas unos meses antes, coincidiendo con el anhelado ascenso a mariscal de campo de Trigona. No fue hasta 1782 en que por vez primera vez se consiguiese rematar en subasta algunos intereses incautados a los jesuitas a un par de comerciantes que habían hecho dinero en sus tratos con Indias. De otra parte, la perseguida Ley Agraria nunca se promulgó, aunque, sólo en 1790, fallecido Carlos III y estallada la Revolución Francesa, la Pragmática fue recortada con la supresión del libre comercio interior.

Aunque agnaticio, sucedió en el título su hija María Antonia Trigona y de la Peña, porque Francisco Trigona su hijo dejó la carrera militar por su vocación eclesiástica. En 1828, Fernando VII lo elevará a título de Castilla por solicitud de José Mayans y Fernández de Mesa, bisnieto de Berengario Trigona.

 

Fuentes y bibl.: Archivo del Ministerio de Justicia, Sección de Títulos Nobiliarios, Caja 193-2, exp. 1713 “Conde de Trigona”, docs. 2, 17, 21, 24, 29-32, 35, 36, 40, 70, 72, 149 y 198; Archivo General de Simancas (AGS), Secretaría de Guerra, leg. 2624, Carpeta 6 “Libro de Victa et Moribus de los Oficiales y Cadetes del Segundo batallón del regimiento de Infantería de Nápoles, año de 1725”, Hoja 5; AGS, Secretaría de Guerra, leg. 2637 “Relación de los Servicios y Funciones de los Oficiales, Sargentos y Cadetes del Regimiento de Infantería Italiana de Parma”, Carpeta 2, hoja 30, Carpeta 3, hoja 33 y Carpeta 5, hoja 1; AGS, Secretaría de Guerra, leg. 54 “Expedientes Personales”, doc. 53; Archivo Histórico Nacional, Consejos, leg. 4173 “Sala de Gobierno”, n.º 8 “Puerto de Santa María: Informe del Conde de Trigona”; Consejos, lib. 712 “Empleos y Oficios”, págs. 400, 402 v. y 404; Clero, legs. 453 y 454 “Jesuitas”; Archivo Municipal del Puerto de Santa María, leg. 41 “Actas del Cabildo”.

C. Gutiérrez de los Ríos, conde de Fernán-Núñez, Vida de Carlos III, t. I, Madrid, Librería de Fernando Fe, 1898; G. Anes, Las crisis agrarias en la España moderna, Madrid, Taurus, 1970, págs. 386-389; D. Ozzanam, “La política exterior de España en tiempos de Felipe V y Fernando VI”, en J. M.ª Jover Zamora (dir.), La época de los primeros borbones. La nueva monarquía y su posición en Europa (1700-1759), Madrid, 1985, págs. 457 y ss.; D. Bernabé Gil, “Tradición, reformismo y estructura social en la oposición doctrinal al libre comercio de granos: dos opúsculos sobre la abolición de la tasa”, en Revista de Historia Moderna: Anales de la Universidad de Alicante (Alicante), n.º 8-9 (1988-1990), págs. 75-90; V. León Sanz, La Guerra de Sucesión española a través de los Consejos de Estado y Guerra del archiduque Carlos de Austria, Madrid, Universidad Complutense, 1989; J. Lynch, La España del siglo xviii, Barcelona, Crítica, 1991; V. A. Llombart Rosa, “La política económica de Carlos III: ¿fiscalismo, cosmética o estímulo al crecimiento?, en Revista de Historia Económica-Journal of Iberian and Latin American Economic History (Centro de Estudios Políticos y Constitucionales-Universidad Carlos III de Madrid), año 12, n.º 1 (enero-febrero-marzo de 1994), págs. 11-39; G. Anes, Cultivos, cosechas y pastoreo en la España Moderna, Madrid, Real Academia de la Historia, 1999, págs. 259-267; H. Kamen, Felipe V, el Rey que reinó dos veces, Madrid, Temas de Hoy, 2000, págs. 253-262; L. M. Enciso, La Europa del siglo xviii, Barcelona, Península, 2001; M. Pacheco Albalate, “El Puerto en el extrañamiento de los jesuitas españoles en 1767”, en Revista de Historia de El Puerto (Puerto de Santa María, Cádiz), n.º 36 (enero-febrero-marzo de 2006), págs. 49-95; M. Pacheco Albalate, El Puerto: Ciudad clave en la expulsión de los jesuitas por Carlos III, Puerto de Santa María (Cádiz), Concejalía de Cultura del Ayuntamiento del Puerto de Santa María, 2007 (Col. Temas Portuenses, n.º 31).

 

Iván F. Moreno de Cózar Landahl, conde de los Andes

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