López de Vivero, Juan. Palaciosrubios (Salamanca), 1450 – ?, III.1524. Jurista, escritor, consejero real.
Conocido ordinariamente como Juan López de Palacios Rubios en referencia a su lugar de nacimiento, era hijo de Vasco Pérez de Vivero, alcaide de la fortaleza de La Coruña y pertenecía a “linaje de labradores” según un informe de Galíndez de Carvajal. Los Reyes Católicos le hicieron merced de hidalguía (9 de noviembre de 1496) y, años más tarde, fundó, previa licencia real (5 de agosto de 1515), un mayorazgo.
Estudió en la Universidad de Salamanca y en ella se graduó de bachiller en Cánones y de licenciado (13 de enero de 1481), tras lo cual fue elegido para una de las becas del colegio mayor de San Bartolomé (27 de enero de 1484) y al cabo de doce años obtuvo el grado de doctor (8 de diciembre de 1496), como él mismo recuerda en su Repetitio (§ 38, n. 16), y tuvo allí algunas lecciones de cánones, sin que llegara a obtener alguna cátedra en propiedad, como sí lo haría en la Universidad de Valladolid, en la que llevó la cátedra de Prima de Cánones (1496).
Inició sus servicios en la judicatura real, cuando los Reyes Católicos acordaron la remoción de los letrados que formaban la Audiencia y Chancillería Real de Valladolid (1491) y le nombraron para que sirviera en ella una plaza de oidor, en la que se mantuvo desde el mes de septiembre del año siguiente hasta que fue destinado a igual plaza en la nuevamente establecida Audiencia y Chancillería de Ciudad Real (julio de 1494). Tiempo después regresó a Valladolid nombrado como juez mayor de Vizcaya (24 de junio de 1497), plaza de la que tomó posesión en el mes siguiente (12 de julio de 1497) y desde allí fue llamado a incorporarse como consejero del Consejo Real, en cuyas nóminas aparece entre los años de 1504 a 1523, aunque se había retirado a su casa algunos años antes de su muerte. A estas ocupaciones unió, también, el cargo de teniente de contador (1506-1507), juez de la Audiencia de los Descargos (1505-1523) y la presidencia del Honrado Concejo de la Mesta (1510).
Es, junto a Alonso Díaz de Montalvo, uno de los principales juristas castellanos de la época de los Reyes Católicos, a quienes serviría con su trabajo letrado en las más importantes cuestiones jurídicas de su tiempo, tales como las ligadas al descubrimiento y conquista del Nuevo Mundo y tratamiento de sus naturales, la conquista y adquisición del reino de Navarra y la formación de las Leyes de Toro. En sus obras se revela como un jurista de una vasta y solidísima formación en el sistema del derecho común romano canónico de la glossa y los commentaria y, además, con una cierta preocupación e influencia humanista, la que se advertía desde su concepción básica tocante a la ordenación de las jurisdicciones en el reino de Castilla al asumir que, a falta de derecho del reino para determinar las causas civiles, había de acudirse al derecho canónico y sólo en defecto de éste se situaba el derecho romano, porque el derecho de los emperadores no tenía vigencia en la corte real, donde no podía alegarse pro auctoritate, sino sólo pro ratione, concepción ésta que, basada en Baldo de Ubaldi, fue seguida por la generalidad de los juristas castellanos posteriores, entre ellos, por Gregorio López en su glosa a las Siete Partidas.
Sus primeras obras jurídicas están ligadas a sus trabajos académicos en las Universidades de Salamanca y Valladolid y, por tal razón, adoptan las formas expositivas propias de los géneros jurídico-literarios de origen docente. Entre ellas se cuentan: una Repetitio o Comentario sobre diversas leyes del Fuero Real, hoy desconocida, pero a la que él mismo se refiere en varios pasajes de otras obras suyas; algunos comentarios y exposiciones sobre textos del derecho canónico, también hoy desconocidos, y a los que, bajo el título de Recollectis (in meis Recollectis), remitía en otros de sus estudios y, en lugar destacado, su Repetitio in Rubricam et capitulum per vestras de donationibus inter virum et uxorem, formada con ocasión de la obtención de su grado de licenciado en Cánones por Salamanca (1481) y que ampliada a petición de quienes le habían oído en su lectura, concluyó muchos años después y dio a la imprenta en Valladolid (1503), convirtiéndose, a partir de ese momento, en una obra clásica en sede de donaciones entre cónyuges, de la que se hizo nueva edición en Salamanca (1538). El interés de esta obra movió a Juan Bernardo Díaz de Lugo a ampliarla con diversas anotaciones y con un “repertorio” y así fue, nuevamente, publicada en Lyon (1543) añadiéndose al título la indicación de constituir la Repetitio de Palacios Rubios unos “celebérrimos y solemnes comentarios”, reeditados en la misma Lyon (1551), Fráncfort del Meno (1573) y Lyon (1576) y, dos años más tarde, aparecía en esta misma ciudad una nueva edición ilustrada con las anotaciones del doctor vallisoletano Juan de Barahona.
Fuera de sus trabajos académicos, un segundo ámbito de su producción jurídica está vinculado a sus labores directamente unidas al servicio de los Reyes Católicos, en diversas cuestiones y materias en las cuales fue llamado a intervenir. Así, participó activamente en la discusión y redacción de las ochenta y tres Leyes de Toro (1505), las que, una vez concluidas y promulgadas, fueron objeto de sus comentarios y glosas en un trabajo que se publicaría póstumamente (1542) bajo el título de Glossemata Legum Tauri y que se constituyó en uno de los primeros comentarios clásicos de las leyes taurinas. Poco tiempo después, una de sus labores en el Concejo de la Mesta consistió en reunir todas sus leyes y ordenanzas y sus declaraciones en un cuerpo ordenado que sería publicado, sobre la firma de Palacios Rubios en Cifuentes (1511), bajo el título de Copilacion de todas las leyes y ordenanças del honrrado concejo de la Mesta.
Intervino, igualmente, en las discusiones jurídicas originadas en la adquisición del reino de Navarra, sobre cuya cuestión se retiró, con licencia real, a componer un breve tratado justificativo del derecho que asistía a Fernando el Católico para obtener y conservar dicho reino y que fue publicado en Burgos, hacia 1515, bajo el título de De iustitia et iure obtentionis ac retentionis regni Navarrae. Por estos mismos años, había sido llamado a intervenir en la discusión de la controversia suscitada a propósito del descubrimiento de las Indias y del tratamiento de sus naturales que, tras la Junta de Burgos (1512), desencadenó el cuestionamiento de los títulos que podía invocar la Corona de Castilla para la justa adquisición y retención de aquel Nuevo Mundo, que él fundaba en el marco cultural del derecho común romano canónico, especialmente, en la validez de la donación del papa Alejandro VI y que explicó en un breve tratado, inédito en su tiempo, De insulis Maris Occeani, pero publicado al promediar el siglo pasado (1954). Participó, también, en la temprana disputa acerca de la licitud de la guerra contra los naturales de las Indias, solucionada, en un primer momento, con una tesis, atribuida a López de Palacios Rubios, que implicaba poner en formal noticia de los indios la existencia de la donación papal, requiriéndoles la aceptación de la jurisdicción temporal de los reyes castellanos y la espiritual del Papa, so pena de hacerles la guerra y que así aparecía como una justificada reacción a la no sumisión de los naturales a su situación jurídica, doctrina ésta concretada, después de la Junta de Valladolid (1513), en la redacción del llamado “Requerimiento” que había de intimársele a los naturales por todos los conquistadores antes de emprender cualquier expedición de conquista.
Un tercer grupo de obras suyas aparecen formadas en el contexto de una actividad jurídica de carácter más práctico y forense. Entre ellas un volumen de Consilia, es decir, una colección de sus repuestas o “consejos” sobre cuestiones jurídicas concretas, hoy desconocido, al que se remite en su Repetitio sobre las donaciones entre cónyuges; una Allegatio in materia haeresis, compuesta en defensa de Rodrigo de Carrión ante el Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, publicada en Roma (1581) junto a los tratados sobre la misma materia de Ambrosio de Vignate y Paulo Ghirlandi; de carácter similar era su Libellus de beneficiis in curia vacantibus, publicado por primera vez en Sevilla (1514); y su Tractatu de maioratu, obra manuscrita a la que él mismo se remite con este título en otras obras suyas y que el marqués de Alventos menciona como una obra De primogenitura, ya desconocida en el mismo siglo XVI. Unas últimas obras suyas excedían el tema exclusivamente jurídico.
Tales eran su Tractado del esfuerço bellico heroico, cuya primera edición apareció en Salamanca (1524) y la segunda, con notas de fray Francisco de Morales, en Madrid (1793); su Politicae catholicae instructione, conocida porque el propio Palacios Rubios la menciona como obra suya en su Repetitio y que tal vez sea la misma a la que se refiere el marqués de Alventos con el título De Regis institutione o Del gobierno doméstico.
López de Palacios Rubios había contraído matrimonio con Mayor de Vivero, unión de la que, entre otros, nacieron: Gonzalo Pérez de Vivero, muerto en un combate naval (1528); el licenciado Alonso Pérez de Vivero, colegial en el mayor de Cuenca de Salamanca, y Ana Vivero, casada con Alonso de Monroy, señor de Tornadizos.
Obras de ~: Repetitio in Rubricam et capitulum per vestras de donationibus inter virum et uxorem, Valladolid, Jacobum de Gomiel, 1503 (Lugduni, excudebat Ioannes Crespin, 1538; Lyon, 1543; Lugduni, excudebat Godefridus & Marcellus Beringi, fratres, 1551; Frankfurt am Main, apud Georgium Cordinum, 1573; Lugduni, supmtibus Philipi Tinghi, 1576; Lugduni ex officina Ildefonsi Terranova & Neyla, 1578); Copilacion de todas las leyes y ordenanças del honrrado concejo dela [sic] mesta general de Castilla y de Leo[n]: q[ue] antiguame[n] te son fechas con otras sacadas delos [sic] libros del co[n]cejo con todas las declaraciones dellas, Cifuentes, septiembre 1511; De beneficiis in curia vacantibus, Hispali, Ioannem Varrella, 1514 (Salmanticae, 1517); De iustitia et iure obtentionis ac retentionis regni Navarrae, Burgos, c. 1515; Tractado del esfuerço bellico heroico, Salamanca, a expensas de Gaspar de Rossiñolis, 1524 (con notas de fray F. de Morales en Madrid, en la Imprenta de Sancha, 1793); Glossemata legumTauri quas vulgo de Toro appellat, omnibus in iure versantibus, Salamanca, expensis Ioannis de Iunta, 1542; Allegatio in materia Haeresis, Roma, ex typographia Georgii Ferrarii, 1581; Opera varia [...] adiectis annotationibus Ioannis Bernardi Diaz de Luco Episcopi Calagurritani, et Doctoris Ioannis Barahona, Antuerpiae, apud haeredes Martini Nutii et Ioannem Meursium, 1615 (Antuerpiae, apud Ioannem Keerbegium, 1616); De las Islas del mar Océano, México, Fondo de Cultura Económica, 1954.
Fuentes y bibl.: Archivo General de Simancas, Registro General del Sello, 1495510, 2, 3, 4 y 7; Registro General del Sello, 149511, 1 y 2; Biblioteca Histórica Santa Cruz de Valladolid, Manuscritos, 174, fol. 126r.
F. Ruiz de Vergara y Álava, Historia del Colegio Viejo de S. Bartholomé, Mayor de la célebre Universidad de Salamanca. Vida del Excmo. y Rmo. Sr. Don Diego de Anaya y Maldonado Arzobispo de Sevilla, su fundador, y noticia de sus Ilustres Hijos. Primera parte. Escrita por el Illmo. Sr. D. Francisco Ruiz de Vergara y Alava [...] Corregida y aumentada en esta segunda edición por Don Joseph de Roxas, y Contreras, Marqués de Alventos […], Madrid, por Andrés Ortega, año de 1766, págs. 217-220; R. de Floranes, Vida literaria del canciller D. Pedro López de Ayala, restaurador de las letras de Castilla, en Colección de Documentos Inéditos para la Historia de España, XIX, Madrid, Imprenta de la Viuda de Calero, 1851, págs. 356-372; E. Bullón y Fernández, El doctor Palacios Rubios y sus obras. Un colaborador de los Reyes Católicos, Madrid, Librería General de Victoriano Suárez, 1927; J. López de Palacios Rubios, De las islas del mar océano por Juan López de Palacios Rubios. Del dominio de los reyes de España sobre los indios por Matías de Paz. Introd. de Silvio Zavala; traducción, notas y bibliografía de Agustín Millares Carlo, México, Fondo de Cultura Económica, 1954; J. Mateu Climent, Vida, época y trabajos del eminente doctor y jurisconsulto Palacios Rubios, Bilbao, Universidad de Deusto, 1958; A. Millares Carlo, Tres estudios bibliográficos. I. Juan López de Palacios Rubios. II. Antonio de León Pinelo. III. El cronista Gil González Dávila y sus obras, Maracaibo, Universidad de Zulia, 1961; P. Gan Giménez, “El Consejo Real de Castilla. Tablas cronológicas (1499-1558)”, en Chronica Nova, 4-5 (1969), págs. 40-41, 82-83 y 86-87; V. Beltrán de Heredia, Cartulario de la Universidad de Salamanca. La Universidad en el Siglo de Oro, III, Salamanca, Universidad, 1971, págs. 270-275; M.ª A. Varona García, La Chancillería de Valladolid en el reinado de los Reyes Católicos, Valladolid, Universidad, 1981, págs. 83, 153, 282, 286 y 307-309; S. de Dios, El Consejo Real de Castilla (1385-1522), Madrid, Centro de Estudios Constitucionales, 1982, págs. 288, 297-298 y 304-306; P. Gan Giménez, El Consejo Real de Carlos V, Granada, Universidad, 1988, pág. 253; R. W. Felkel, “El tratado del esfuerzo bélico heroico de Juan López Palacios Rubios: ¿Una fuente del Quijote?”, en Anales Cervantinos, 28 (1990), págs. 45-62; J. Garrido Arredondo, en M. J. Peláez (ed.), Diccionario crítico de juristas españoles, portugueses y latinoamericanos, I, Zaragoza-Barcelona, Departamento de Derecho Privado Especial de la Universidad de Málaga, 2005, págs. 487-488.
Javier Barrientos Grandon