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Miguel de Lardízabal y Uribe

Biografía

Lardizábal y Uribe, Miguel de. San Juan de Molino (México), 24.I.1744 – Bilbao (Vizcaya), 29.I.1823. Regente, ministro universal de Indias, rector del seminario de Vergara, autor del Manifiesto absolutista de 1811.

Pertenece al linaje de los Lardizábal de Segura en Guipúzcoa; en esta villa se yergue la casa solar, con escudo de armas en el frontispicio. Miembros de esta familia, del tronco Lardizábal-Elorza, se asentaron en México y perpetuaron la dinastía en tierras americanas.

Juan Antonio de Lardizábal y Elorza (1682- 1733) fue nombrado obispo de Puebla de Los Ángeles en Nueva España. Cuando arribó a la diócesis en 1723 le acompañaba su hermano Francisco Ignacio (1700-1783) en calidad de secretario particular. Los Lardizábal se integraron de inmediato en la elite novohispana, dada su riqueza y posición social. Francisco Ignacio se casó en 1733 con Isabel María de Uribe-Castejón y Muñoz de Sandoval, perteneciente a una rica familia criolla. Tuvieron trece hijos. Dos de ellos, Manuel y Miguel de Lardizábal y Uribe, atravesaron el Atlántico para participar en la vida política española y desempeñar cargos públicos al servicio de la Corona.

Miguel de Lardizábal estudió Retórica y Filosofía en el seminario Palafoxiano de Puebla. En 1761 se trasladó a España con su hermano Manuel. Completó su formación cursando Teología e Historia en la Universidad de Valladolid, donde se le reconoció como un alumno brillante y bien preparado. En este ambiente entró en contacto con los ilustrados de la época, con quienes fue trabando vínculos de amistad.

A ello contribuyó la fama de personas cultas y de buen gusto que pronto rodeó a los dos hermanos. Miguel comenzó su carrera en la Corte como oficial mayor de la Secretaría de Estado. Llegó a gozar del favor del primer ministro, el conde de Aranda. Hacia 1787 se desplazó a París en calidad de oficial representante de la Corona en Versalles. Allí tuvo ocasión de cultivar la amistad con Thomas Jefferson, entonces ministro plenipotenciario en París (1784-1789). También trató con Benjamin Franklin y John Adams. Se ignora la fecha del regreso de Lardizábal a Madrid, pero bien pudo haber asistido a los primeros momentos de la Revolución Francesa. Más adelante, siendo secretario del general Ventura Caro, le asistió en la comisión de límites entre España y Francia por la parte de Navarra.

Desempeñó el cargo con brillantez, haciendo gala de una vasta formación. En noviembre de 1792 Carlos IV invitó a Aranda a que se retirase y lo sustituyó por Manuel de Godoy. Por la misma época Lardizábal perdió el favor de Caro, que lo destituyó. Tras su caída en desgracia optó por instalarse en la tierra de sus antepasados, el País Vasco.

En 1801 recibió el nombramiento de director del Real Seminario Patriótico Bascongado de Vergara, la obra educativa por excelencia de los ilustrados de la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País (RSBAP). La institución gozaba aún de su antiguo renombre, pero se hallaba resentida tras la Guerra de la Convención. El 28 de noviembre de 1794 el ejército francés había saqueado el edificio. La actividad docente se reanudó en enero de 1798, pero el centro carecía de los recursos sobre los que había cimentado su prestigio. Lardizábal se esforzó por atender sus carencias y reponer la disciplina. Restableció cátedras que se mantenían en suspenso desde la guerra e impulsó la ampliación de la enseñanza hacia nuevas áreas: Agricultura, Comercio, Economía Política, etc. Por Real Orden de 23 de julio de 1804 el Ministerio de Estado asumió la administración del seminario, relevando de tal responsabilidad a su entidad creadora, la RSBAP.

Cambió su nombre por el de Real Seminario de Nobles y confirmó a Lardizábal en el puesto. No obstante, la exigencia de credenciales de nobleza para ingresar en el mismo estranguló las matriculaciones y se acentuó la sensación de cierre inminente.

Lardizábal aprovechó sus influencias en la Corte para buscar nuevos arbitrios estatales que garantizaran la supervivencia del seminario. Apeló al secretario de Estado, el marqués de Ceballos, y al mismo Godoy.

Les propuso asignar a la institución las rentas de las mitras de España, unos doscientos mil reales, frente a los ocho mil que le proporcionaban a la sazón las temporalidades de los jesuitas. El fracaso de sus gestiones le llevó a reflexionar que “está muy próxima a una ruina que en manos de la Sociedad [RSBAP] no se hubiera visto acaso jamás, porque gobernaba un Seminario mui acreditado en el público”.

La situación política de 1808 interrumpió sus proyectos.

El motín de Aranjuez (del 17 al 19 de marzo de 1808) y las abdicaciones de Bayona (en mayo de 1808) precipitaron la descomposición de la Monarquía española y allanaron la entrada del ejército de Bonaparte en la Península. Previamente, en el mes de abril, Fernando VII había partido a Bayona (Francia) para celebrar una entrevista con Napoleón. Durante el viaje, la comitiva regia se había detenido en Vitoria el 14 de abril de 1808. Lardizábal aprovechó la estancia del joven Rey en dicha ciudad para intentar disuadirle de que abandonara el territorio nacional, pero fue en vano. En las semanas siguientes Lardizábal vio cómo se cumplían sus peores presagios; en Bayona la Monarquía española cedió sus derechos al trono en la persona de Napoleón, dejando a las autoridades centrales sumidas en el desconcierto. La Junta de Gobierno, depositaria de la soberanía de Fernando VII, y el Consejo de Castilla quedaron paralizados en espera de unas órdenes que nunca llegaron. Tal pasividad generó la sensación de vacío de poder. En tanto, los invasores avanzaban por el territorio y ni tan siquiera entonces la Junta o el Consejo se decidieron a ejercer la autoridad. En tales circunstancias, instituciones de inferior nivel o de nuevo cuño tomaron el relevo. A la vista de tan graves acontecimientos, Lardizábal renunció al rectorado del seminario y se reincorporó a la vida política tras quince años de retiro.

El 21 de septiembre de 1808 nacía la Junta Central, que asumió la soberanía y funciones de gobierno. Para ello, hubo de comenzar por recomponer la administración, carente de personal tras el reciente “naufragio” del Estado. Lardizábal había abandonado Vergara con la intención de solicitar la plaza de oficial mayor del Estado. Por aquellas fechas gozaba de una gran popularidad debido a la energía con la que había rehusado a ocupar un puesto en la diputación de Bayona convocada por Napoleón (Gaceta de Madrid, de 24 de mayo de 1808). Finalmente se integró en la Junta en calidad de representante de México (4 de octubre de 1809). Previamente el Ayuntamiento de la capital de Nueva España había elegido a Miguel entre una terna de individuos “de notoria propiedad, talento e instrucción”. De ahí su nombramiento como diputado y vocal de la Junta Suprema Central y Gubernativa. Ramírez Maya valora el cargo como “el primer caso de representación electoral participativa en la metrópoli”. Cuando el ejército francés invadió Andalucía, esta institución hizo renuncia de sus poderes en una regencia (13 de enero de 1810) hasta la reunión de las Cortes. El Supremo Consejo de Regencia se constituyó el día 29. Lo integraban cinco miembros, uno de los cuales, Esteban Fernández de León, lo hacía en calidad de representante de las colonias americanas. Pero como no era natural de ellas fue sustituido el 4 de febrero por el propio Lardizábal, quien influiría decisivamente en el nuevo órgano. Una de las principales disposiciones de la Regencia respecto a los territorios ultramarinos consistió en reforzar su derecho de representación, extendiéndolo a los indios y mestizos (Edicto y Decreto de 8 de septiembre de 1810).

Cuando las Cortes españolas se reunieron en Cádiz, los regentes, Lardizábal entre ellos, les juraron lealtad la noche del 24 de septiembre de 1810, salvo el obispo de Orense, Pedro Quevedo y Quintano, quien demoró el trámite hasta dos meses después. Pero Lardizábal se indispuso tempranamente contra ellas. De convicciones más próximas a la postura de Jovellanos, no ocultó su rechazo al constitucionalismo gaditano de corte revolucionario francés. Expuso sus ideas en un Manifiesto publicado el 11 de septiembre de 1810 en Alicante. En él reiteraba su lealtad a Fernando y justificaba el juramento prestado a las Cortes. Pero se posicionaba junto al obispo de Orense, que en aquel momento estaba siendo cuestionado por los diputados por su apología del absolutismo. El Manifiesto está considerado, junto con la España vindicada de José Joaquín Colón, el principal texto de la ideología antirreformista española dieciochesca. Ramírez Maya, en cambio, ve en él la influencia del liberalismo inglés reforzado por el fuerismo vasco, que Lardizábal habría asimilado durante su estancia en Guipúzcoa.

La teoría que desarrolla Lardizábal se presenta como una de las más refinadas de cuantas se formularon durante el siglo XVIII y principios del XIX en torno al absolutismo. Sus argumentos enraízan no tanto en Jacques-Bénigne Bossuet como en los juriconsultos españoles del Siglo de Oro. Según esta corriente de opinión, la soberanía real procedería de un contrato que siglos atrás, en algún momento de la Edad Media, el pueblo habría pactado con el Rey. Conforme a los términos acordados entre ambas partes, éste habría asumido la soberanía de aquél para sí y para sus herederos.

Lardizábal confiaba en las Cortes tradicionales, aunque matizando su alcance por las ideas de Montesquieu y el equilibrio de poderes. Se lamentaba, en fin, de la difusión del concepto de soberanía popular en España y señalaba la libertad de imprenta como su principal instrumento de divulgación. Temía sus consecuencias, violentas y devastadoras. No hay que olvidar que es posible que asistiera en París a las primeras jornadas de la Revolución Francesa. Las presenciara o no, ésta le había impresionado negativamente.

El Manifiesto se divulgó en Cádiz en el mes de octubre. Causó gran escándalo en las Cortes, por tratarse de un regente que les había prestado juramento. Éstas acordaron que Lardizábal fuese apresado y conducido a Cádiz desde su residencia en Alicante. El fiscal pidió su condena a muerte, pero el tribunal resolvió su destierro el 14 de agosto de 1812 y que un verdugo quemase los ejemplares de la obra en una plaza pública. Posteriores apelaciones confirmaron la sentencia y el autor partió a Inglaterra.

El Tratado de Valençay (11 de diciembre de 1813) repuso en el trono a Fernando VII. El Monarca abandonó su confinamiento en Francia y atravesó los Pirineos el 22 de marzo de 1814. Ignoraba los términos en los que recuperaba el poder. Ante la incertidumbre, aprovechó su tránsito por la Península para tantear el estado de opinión. Llamó del destierro a Lardizábal para citarlo en Valencia, donde se encontraron el 16 de abril de 1814. Tanto éste como otro ex-regente, Juan Pérez Villamil, engrosaron el grupo de presión que rodeaba al Rey. Ambos influirían decisivamente durante su estancia en la ciudad para que resolviese sus vacilaciones y se decidiese por dar un golpe de timón respecto a la obra gaditana. Lardizábal y Villamil habían redactado un manifiesto que proponía la restitución del régimen político de 1808. Parece ser que fue el texto que Fernando VII firmó el 4 de mayo a modo de decreto. En él declaraba “nulos y de ningún valor ni efecto” los preceptos de las Cortes de Cádiz. El texto se divulgó en Madrid el día 11.

El Rey compensó la fidelidad de Lardizábal y le concedió un cuartel para añadir al escudo de armas de la familia. En él figuran dos brazos que salen del mar y sostienen una corona real, con un lema alrededor: Fluctibus republicae expulsus. Recibiría también la Gran Cruz de Isabel la Católica. Goya lo retrató en 1815.

Con la restauración de Fernando VII en plenitud de su soberanía, las colonias americanas detuvieron el proceso secesionista iniciado en 1810. El Monarca mantuvo una estrategia de captación respecto a los diputados americanos en la que Lardizábal, ya septuagenario, desempeñó un papel fundamental. Durante el primer gobierno efectivo de 1814 Fernando lo mantuvo en la Secretaría del Despacho de la Gobernación de Ultramar, pero ya el 26 de junio suprimió ésta para restablecer el Ministerio Universal de Indias, institución anterior a la reforma de 1787 de Carlos III, cuya cartera ofreció a Lardizábal. El nuevo ministro favoreció el nombramiento de hispanoamericanos para el desempeño de cargos públicos, y mostró una actitud de benevolencia respecto a los antiguos insurgentes.

En esta época el Monarca le confió una delicada misión: que concertase con la Corte del Brasil su matrimonio y el de su hermano Carlos con sus sobrinas, las infantas portuguesas Isabel María Francisca y María Francisca de Asís de Braganza y Borbón. Eran hijas del matrimonio entre Juan VI de Portugal y la hermana mayor de Fernando, la infanta Carlota Joaquina; y hermanas de Pedro IV, rey de Portugal y primer emperador del Brasil. Conforme a las indicaciones de Fernando, los trámites diplomáticos debían efectuarse con la mayor discreción, a espaldas del ministro de Estado Ceballos. Lardizábal era consciente de que el enlace ofrecía una oportunidad inigualable para garantizar la política americana, “la única áncora que podrá contener la nave para que no se pierda, pues por momentos está amenazada de irse a pique, no habiendo piloto capaz de hacerla variar del rumbo que lleva, y ese único piloto no puede ser otro que el que venga del Janeyro”. Confiaba, sobre todo, en la beneficiosa influencia que pudiera ejercer en la política española Carlota Joaquina.

En plenas negociaciones, cuando se creía objeto del favor real, Lardizábal fue cesado sorpresivamente. El Real Decreto de 18 de septiembre de 1815 y la Real Cédula de 23 de febrero de 1816 suprimieron el Ministerio de Indias y distribuyeron sus negocios en los ministerios correspondientes, a la manera en que ya lo hiciera Carlos IV en su Decreto de 25 de abril de 1790. Lardizábal no dudó en denunciar ante Carlota Joaquina las nefastas influencias a las que estaba sometido su hermano: “Los que han rodeado al Rey, unos ignorantes y otros malignos, le han hecho creer que puede hacer su voluntad y no le agrada tratar con quien le dé sujeción”. Conservó su calidad de Consejero de Estado aunque caído en desgracia, “no volviendo a levantar cabeza”, en palabras del marqués de Villa-Urrutia. Posteriormente sería encausado y confinado en la ciudadela de Pamplona. Los trámites matrimoniales reales siguieron su curso. El 22 de febrero de 1816 se firmaban en Madrid las capitulaciones en presencia del ministro Ceballos; paradójicamente Lardizábal no pudo participar ni tan siquiera como testigo.

Durante sus últimos años en la Corte se había mantenido en contacto con el seminario de Vergara (que desde 1810 se denominaba Liceo Bascongado). Apoyó el centro y contribuyó a impulsar su actividad docente. En 1817 fue nombrado inspector general y visitador regio.

El 17 de noviembre de 1817 contrajo matrimonio en Amorebieta con su cuñada María de las Mercedes Montoya Molina.

El 2 de abril de 1820, se desplazó a Vergara en ejercicio del cargo. En esta ocasión concurría a la jura de la Constitución de 1812, la misma que tantas veces había denigrado. En 1822 permanecía al frente del seminario, donde transcurrió su último año de vida.

Respecto a su personalidad, la historiografía liberal decimonónica ha legado descripciones apasionadas, teñidas por el posicionamiento político de sus autores.

Ya en el siglo XXI, Ramírez Maya ofrece un ejercicio de comprensión sin enjuiciamiento. Lo encuadra en la generación anterior a la de los grandes liberales decimonónicos, y advierte que le faltó perspectiva para “visualizar los cambios que se habían iniciado y no tenían marcha atrás”. El jesuita I. Iparraguirre propone un acercamiento humano al individuo. Ve en Miguel el paradigma de las cualidades propias de su linaje, las cuales aplica por extensión al resto de los miembros de su familia que descollaron en la vida pública: “Emprendedores, valientes, decididos, de grandes iniciativas, no se arredraban ante las dificultades.[...] Hombres de orden, absolutistas, eran más estimados que amados, más respetados que queridos. Se les necesitaba. Se tenía confianza en su rectitud e inteligencia”.

 

Obras de ~: Apología del método de estudios del Seminario de Vergara, Vitoria, 1806; Aviso importante y urgente a la nación española, relativo a Cortes, La Coruña, 1811; Manifiesto que presenta a la nación el consejero de Estado don Miguel de Lardízabal y Uribe. Uno de los cinco que compusieron el Supremo Consejo de Regencia de España e Indias. Sobre su conducta política en la noche del 24 de septiembre de 1811, Alicante, 1811.

 

Bibl.: J. M. Queipo de Llano Ruiz de Saravia, conde de Toreno, Historia del levantamiento, guerra y revolución de España, vol. IV, Madrid, Imprenta de D. Tomás Jordán, 1835- 1837, págs. 390-402; M. Lafuente, Historia general de España, vols. XXVII y XXVIII, Madrid, Imprenta de Dionisio Chaulie, 1865; N. Serrano, Historia universal escrita y continuada hasta nuestros días [...], dir. por C. Cantú, vol. VI, Madrid, 1877, págs. 1002-1003, 1082-1083 y 1128; J. B. de Ayerbe, “Hijos ilustres de Segura”, en Euskalerriaren alde, 2 (1912), pág. 216; Conde de Urquijo, Casas y linajes de Echave y de Laurcain, por [...], t. II, San Sebastián, Talleres Tipográficos Nueva Editorial, 1928-1932; W. Villa-Urrutia, marqués de Ramírez de Villaurrutia, Fernando VII, rey constitucional. Historia diplomática de España de 1820 a 1823, Madrid, Librería Beltrán, 1943; J. García de León y Pizarro, Memorias, Madrid, Revista de Occidente, 1953; R. Mendiola, Los estudios en el Real Seminario de Vergara, Vergara, Instituto Laboral, 1961; A. García Gallo, Manual de Historia del Derecho español, vol. II, Madrid, 1967, págs. 1091-1095 (3.ª ed.); I. Iparraguirre, Idiazábal: visión histórica, San Sebastián, Auñamendi, 1971, págs. 209-210; L. Silván, “Bicentenario del Real Seminario Patriótico Bascongado de Vergara”, en Boletín de la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País (BRSBAP), cuad. 3-4 (1976), págs. 551-555; J. I. Tellechea, “Noticias sobre el Real Seminario de Vergara (1805-1807)”, en BRSBAP, 35 (1979), págs. 24-44; G. Bleiberg (dir.), Diccionario de Historia de España, Madrid, Alianza, 1981, 3 vols.; J. Herrero, Los orígenes del pensamiento reaccionario español, Madrid, Alianza, 1988; A. Gil Novales (dir.), Diccionario biográfico del trienio liberal, Madrid, El Museo Universal, 1991; J. Celdrán Ruano, Instituciones hispanofilipinas del siglo XIX, Madrid, Mapfre, 1994; M. Morán Ortí, Revolución y reforma religiosa en las Cortes de Cádiz, Madrid, Actas, 1994; M. Artola, La España de Fernando VII, Madrid, Espasa, 1999; B. Badorrey Martín, Los orígenes del Ministerio de Asuntos Exteriores (1714-1808), Madrid, Ministerio de Asuntos Exteriores, 1999; D. Negro Pavón (comp.), El Pensamiento Político Español en el siglo XIX: Textos, Madrid, Fundación Histórica Tavera, 1999; J. M.ª Jover (dir.), Historia de España de Menéndez Pidal, vol. XXXII, Madrid, Espasa Calpe, 2001; J. L. Orella Unzué, “Don Manuel de Lardízabal y Uribe (Tlaxcala, 1734-Madrid, 1820), consejero de Castilla y firmante del Estatuto de Bayona”, en VV. AA., Corte y Monarquía en España, Madrid, Universidad Nacional de Educación a Distancia, 2003, págs. 111-152; M.ª C. Ramírez Maya, Pensamiento y obra de Miguel de Lardizábal y Uribe (1744-1823), San Sebastián, Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País, 2006.

 

Elena Legorburu Fau