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Lorenzo Galíndez de Carvajal

Biografía

Galíndez de Carvajal, Lorenzo. Plasencia (Cáceres), 23.XII.1472 – 5.XII.1527 ant. Letrado, consejero real y cronista.

No fue nada clara la ascendencia de Carvajal, hijo de clérigo conocido, Diego González de Carvajal, arcipreste de Trujillo y arcediano de Coria, y de madre al parecer de dudosa reputación, lo que condicionaría toda su vida, obsesionado por resaltar la limpieza de su linaje y ascender en la carrera de letrado, pese a que el padre tuvo a bien solicitar de los Reyes Católicos cédula de legitimación para su hijo, que le habilitaba para el desempeño de oficios públicos.

Estudió Leyes en la Universidad de Salamanca, donde con el grado de bachiller sobresalió en las lecturas académicas y muy joven, hacia 1497, regentó una cátedra cursatoria de Derecho Civil, la de Vísperas de Leyes, quizá antes de recibir la graduación de licenciado. Tanto destacaba como letrado y lector en Salamanca, que con estas características, por los años de 1496 y 1497, en unos informes elaborados para la Corte sobre las personas de esa Universidad que podían servir al Rey en los oficios de gobierno y justicia, se consideraba al bachiller Carvajal idóneo para cualquier cargo. Cierto que para su promoción no resultó intrascendente el matrimonio que celebraría con Beatriz de Ávila, hija del doctor Martín de Ávila, catedrático de Vísperas y de Prima de Leyes del estudio salmantino, oidor de la Chancillería de Valladolid y regidor de la ciudad de Salamanca, que había sido fiel partidario de Isabel la Católica en la guerra de sucesión tras la muerte de Enrique IV y se convirtió en prestamista de los Reyes Católicos.

El primer peldaño de su intensa carrera al servicio de la Corona fue el nombramiento de oidor de la Chancillería de Valladolid el 22 de mayo de 1499, donde el así llamado licenciado Carvajal permaneció hasta octubre de 1502, cuando se vio elevado al rango de consejero en el Consejo Real de Castilla, que mantuvo hasta el fin de su vida. Ya en el Consejo, desde pronto una de sus actividades más destacadas fue la elaboración de memoriales o pareceres que afectaban al despacho de los negocios en la Corte, en concreto, en 1503, en momentos en que se estaba fraguando el despacho de la Cámara, denunció el excesivo papel de los secretarios regios frente al de los consejeros, sobre todo de Gaspar de Gricio, que llegaba al punto, según el placentino, de que se prescindía de los referendarios del Consejo en las cédulas y provisiones regias, incluso en las de estricta justicia. También en 1503, conforme atestigua el Libro de bulas y pragmáticas, atribuido a Juan Ramírez, escribano del Consejo, la actividad del todavía licenciado Carvajal comienza a ser relevante en el ámbito de las leyes, pues, entre otras, aparece su firma en las ordenanzas hechas acerca de los juicios, de 17 de enero, o en el arancel de los derechos que han de llevar las justicias del reino, de 19 de marzo, así como en las ordenanzas y aranceles que han de llevar los escribanos, de 7 de junio, todas ellas datadas en Alcalá de Henares, lugar de impresión del propio Libro de las pragmáticas. Su entrada en el Consejo no fue obstáculo para que continuara con su vida académica, pues, tras adquirir el título de doctor a comienzos de 1504, opositó Carvajal con éxito ese año a la cátedra de Prima de Leyes de la Universidad salmanticense que había sido de Diego de Segura, concurriendo junto a los doctores Alonso de Zúñiga y Tomás de San Pedro. La cátedra de Prima de Derecho Civil, la de mayor prestigio para los legistas, le daría autoridad como letrado, aunque no llegó a desempeñarla por su persona, sino por un sustituto, bien que para que no quedara vacante y saliera a oposición, cumpliendo los preceptos estatutarios, el Monarca debía dirigirse a la Universidad en recomendación de licencia, justificando la ausencia por sus servicios cortesanos, como queda comprobado, de momento para un año, por una cédula regia de 23 de noviembre del citado 1504, firmada por el rey Fernando.

No se conoce con exactitud si Galíndez de Carvajal participó en el testamento y codicilo de Isabel la Católica, de 12 de octubre y de 23 de noviembre de 1504, respectivamente; su nombre, desde luego, no aparece entre los testigos y testamentarios. De haber estado presente, según el mismo interesado insinuó, aunque su tarea se hubiese limitado a contribuir a la redacción de los documentos, significaría que ya era muy valorado en la Corte y hasta haría verosímil que fuera uno de los letrados destinatarios del mandato de la Reina recogido en el codicilo para que se llevara a cabo una compilación de las leyes del reino, reducidas y abreviadas en un solo cuerpo, además de exigir una actualización de Las Partidas. Desde luego, existe constancia, por expresas referencias de las Cortes de 1544 y 1552, de que en ambas empresas se embarcó Carvajal, quizá con la anuencia del rey Fernando, siguiendo, y corrigiendo, los pasos de otro jurista castellano, Alonso Díaz de Montalvo, quien en el último tercio del siglo XV recopiló las Ordenanzas Reales, veladamente criticadas en el propio codicilo de la Reina, e hizo asimismo un comentario a Las Partidas, con edición de su texto, que a la luz del codicilo tampoco fue del agrado de la Reina.

Fallecida la reina Isabel, Carvajal fue desde los primeros instantes uno de los consejeros más próximos a Fernando el Católico, que quiso retenerlo a su lado, de acuerdo con la nueva carta que en noviembre de 1505 dirigió a la Universidad de Salamanca para que permitiera que el doctor Carvajal que estuviera ausente de las lecturas de su cátedra por espacio de tres años, ya que estaba a su servicio en el Consejo.

Antes de esta misiva, Carvajal se hizo notar en las Cortes de Toro de 1505, pues el nombre del doctor aparece junto al de otros consejeros, Zapata, Tello, Mújica y Santiago, en la pragmática de promulgación del celebérrimo ordenamiento de esas Cortes, que lleva fecha de 7 de marzo. En el citado ordenamiento se tocaban diversos aspectos relativos a mayorazgos y linajes, de los que él era un experto, en ocasiones con sentido distinto a lo que había propugnado el principal hacedor de estas leyes, Palacios Rubios, competidor de Carvajal en el asesoramiento al Monarca.

Fruto de esta buscada erudición serían las obras que escribió sobre su propio linaje y casa de los Carvajal y sobre los linajes de Trujillo. Asimismo, como derivación de sus habilidades genealogistas, obtuvo del rey Fernando el encargo de ser censor y juez de crónicas de reinados anteriores, de Enrique II, Juan II y Enrique IV, tarea a la que se aplicó con denuedo, y hasta él mismo fue cronista de los Reyes Católicos.

El breve paréntesis del reinado conjunto de Juana y Felipe el Hermoso no fue obstáculo para que Carvajal continuase en el Consejo, cuando varios oidores de esta institución fueron removidos de sus oficios por Felipe I y la facción de poder que controlaba don Juan Manuel, luego repuestos por Juana, que confirmaría a todos los consejeros nombrados por sus padres, entre ellos a Carvajal, firme partidario de la vuelta a Castilla de Fernando el Católico para que se hiciera cargo del gobierno, que interinamente desempeñaba en la práctica el Consejo, dadas las condiciones de la reina Juana. El regreso de Fernando en 1507 le supuso a Carvajal la renovación de su confianza, de acuerdo con una nueva cédula dirigida a la academia salmantina, en mayo de 1508, a fin de que diera a Carvajal licencia para que estuviese ausente de su cátedra por otros tres años, ya que estaba ocupado en el servicio real. Aunque un poco antes, en octubre de 1507, ya había tenido ocasión de comprobar el aprecio del rey Fernando, cuando le nombró mayoral de la casa de San Lázaro de Salamanca, comenzando así el doctor a compatibilizar numerosos oficios y mercedes en su persona.

El prestigio como letrado de Carvajal y su cercanía al Rey se acrecentó a partir de 1511, año en que el Monarca, en sustitución del consejero Tello, le designó para hacerse cargo, junto al también consejero Zapata, del despacho de las cosas de la Cámara de Castilla, es decir, las de gracia, merced y patronato real, regalías del Monarca, que por su trascendencia estaban mereciendo la consolidación de un órgano específico, convertido con el tiempo en uno de los Consejos de la Monarquía. Como entre estas regalías se encontraba la convocatoria de Cortes, Carvajal participó en las de Burgos de 1515 en cuanto letrado asistente en nombre del Rey y al lado de Zapata, que, al igual que él, permaneció atendiendo a los asuntos de la Cámara hasta la muerte del rey Fernando, en enero de 1516. Un símbolo más de su importancia como letrado y consejero viene dado por la presencia de Carvajal en otro despacho incipiente, el de las cosas de las Indias, que no mucho después acabará convertido en el Consejo de Indias. Galíndez de Carvajal, junto a su colega Zapata, aparece ya firmando la disposición real que en septiembre de 1511 otorgaba a la Casa de Contratación de Sevilla jurisdicción civil y criminal en las cosas relativas al comercio y navegación de las Indias y regulaba el régimen de sus oficiales. En el despacho de los negocios de las Indias se mantendría el resto de la gobernación de Fernando el Católico, aunque dentro de una nómina más amplia de consejeros que la que atendía a la Cámara de Castilla. Pero de la notoriedad que estaba alcanzando habla fehacientemente una propuesta del arzobispo Alonso Fonseca, por enero de 1512, que recomendaba a Galíndez de Carvajal como uno de los letrados legistas que podía acudir al Concilio de Letrán por parte española, además de otros prelados y teólogos.

Tampoco es mal signo de su preponderancia el hecho de que el epistolario de Lucio Marineo Sículo, aparecido en 1514, fuera aprobado por el Rey Católico previa censura de Carvajal, alabado en la obra como excelso jurisprudente.

Su estrecha relación con el Rey, y su actividad en los despachos de la Cámara y de las Indias, facilitaron al consejero Carvajal la acumulación de numerosos oficios y mercedes durante estos años de la gobernación de Fernando. En 1511, aparece como concertador de los privilegios, por los que percibía derechos de arancel. Correo mayor de las Indias fue nombrado en mayo de 1514, con sus derechos también, amén de la información privilegiada que sobre oficios y mercedes le deparaba el oficio. Fue regidor a la vez de Salamanca, Plasencia y Tenerife. Obtuvo repartos de tierras en Tenerife. Logró también el oficio de escribano mayor de sacas, puertos y aduanas y diversas concesiones de mineros, aunque quizá fueron más valiosas en el ámbito patrimonial las múltiples mercedes que disfrutó en el reino de Granada.

Era además conservador del estudio salmantino, sin dejar su cátedra, por la que percibiría del Rey una equivalencia del salario que dejaba de cobrar por su ausencia de las lecturas.

Especial protagonismo debió de representar Carvajal en los últimos instantes de la vida de Fernando el Católico, y al poco de su muerte, pues, según su propia versión, aceptada luego por el emperador Carlos, contribuyó a que el Rey cambiase su testamento a favor del príncipe Carlos y en detrimento de su hermano Fernando, así como fue valedor ante el regente Cisneros de que a Carlos se le intitulase Rey pese a vivir su madre, la reina Juana. Con Cisneros, a quien Carvajal habría comunicado la noticia de la muerte de Fernando y aconsejado la gobernación conjunta con Adriano de Utrecht, se mantuvo en el Consejo y en los despachos de la Cámara de Castilla y de las cosas de Indias, así como también continuó reteniendo su cátedra de Prima de Leyes de Salamanca y recibiendo del Rey una remuneración compensatoria.

Sin embargo, tras la venida del rey Carlos a España en 1517, vivió unos momentos azarosos, pues pese a sus intentos cerca del nuevo Rey, y a la autoría de varios memoriales en los que exponía quiénes venían atendiendo en Castilla los despachos de gracia y merced, no logró que le aceptase como uno de los de la Cámara, aunque sí le ratificó como consejero y en 1518 pidió a la Universidad de Salamanca le otorgara licencia de ausencia por otros tres años; eran, no conviene olvidarlo, los tiempos de apogeo de Chièvres, Le Sauvage, Ruiz de la Mota y García de Padilla, procedentes de Flandes. En cualquier caso, Carvajal se reincorporó a la Cámara en 1519 y conquistó la confianza de Carlos, porque volvió a las cosas de Indias, participó ese año en Montpellier en una junta con Francia sobre la anexión de Navarra y en 1520 figuró como letrado asistente en las Cortes de Santiago y La Coruña, aún más, Carlos, tras solicitar para él licencia especial a la Universidad de Salamanca, se lo llevó consigo a su coronación imperial en Aquisgrán, en compañía de Gattinara, Mota y García de Padilla, y el secretario Cobos, que así conformaban la Cámara junto al Rey, desdoblada de la que en Castilla, al lado de los virreyes, formaban los consejeros Zapata y Polanco.

Fuera de Castilla, en parcial coincidencia con la sublevación de las Comunidades, el rey Carlos valoró sobremanera la fidelidad y los servicios de Carvajal.

Consta esto por diversas comunicaciones que en julio y agosto de 1520 dirigió al tesorero Vargas para que pagara al doctor ayudas especiales de costa, así como las consabidas recompensas por lo que le correspondía haber de su cátedra dicho año, y no menores reconocimientos de sus servicios se expresan en otra misiva al gobernador Adriano por las mismas fechas, o en otra coetánea que dirige a Diego de Carvajal, hijo del doctor, prorrogando con motivo de las alteraciones comuneras el plazo que le había dado para presentar los títulos que le harían hábil para el desempeño de los oficios de regidor de la ciudad de Salamanca y conservador del Estudio, que en él había renunciado su padre. Igual ocurrió en 1521, con la equivalencia de su cátedra de Salamanca o la merced de un nuevo regimiento en Salamanca, el que pertenecía a Rodrigo Maldonado, que tendría continuidad en 1523 con la gracia de otra conservaduría del Estudio, la que había sido de Pedro Maldonado; el propio Carvajal, por su parte, había pedido que se le reparase a costa de los culpables de los daños que le habían ocasionado en su casa de Salamanca.

El regreso del Emperador a España en 1522 supuso para Carvajal el momento culminante de su influjo en la gobernación de Castilla, aunque por debajo del que ejercieron el secretario Cobos y el gran canciller Gattinara. Así se refleja en el famoso parecer que eleva al Monarca en 1523 sobre los que componían el Consejo Real, recordando linajes, en momentos que se estaba procediendo a su reforma. Fue muy duro con sus compañeros, salvo quizá con el presidente Rojas, que, no obstante, sería sustituido por Tavera, otro personaje principal de la Corte. También se constata su influencia, y letras, en las Cortes de Valladolid de 1523, a las que asistió en su condición de consejero de la Cámara. En esta convocatoria los procuradores solicitaron del Rey que diera publicidad a la recopilación de leyes que se estaba llevando a cabo, la del propio Carvajal, aunque sin citar su nombre; todo sin dejar su cátedra salmantina y recibir de la hacienda regia un equivalente a su salario docente, según contemporánea cédula regia. Al año siguiente, en 1524, formaba parte ya del recién institucionalizado Consejo de Indias y, como experimentado en este ámbito su nombre, aparece en las negociaciones con los portugueses sobre las islas Molucas. No desaprovechó tampoco el tiempo para proseguir con sus pareceres, en esta ocasión, ante los rumores sobre la marcha del Emperador, acerca de lo que debía hacerse en su ausencia y como quedarían los Consejos. Pero su peso en la Corte continuaría hasta su muerte, porque en 1525, por su condición de letrado de la Cámara asistió a las Cortes de Toledo, año en que también participó en otra junta, en la de moriscos, presidida por Tavera. La influencia y prestigio de Carvajal se percibe en otra de sus actitudes, la de preceptor de mercedes, así las que obtuvo en 1526, una conservaduría más del estudio salmantino y otra concesión de minerías y jabonerías, o por su labor de cronista, en este caso por sus Anales breves de los Reyes Católicos, quizá finalizados de escribir en 1525, amén de su participación en las leyes, de las que hay signos sobrados en los ordenamientos de Cortes y en el cuaderno de pragmáticas impreso en Burgos en 1544.

No se conoce con exactitud la fecha de su muerte, que bien pudo acontecer a comienzos del mes de diciembre de 1527 en Plasencia. Todavía ese año asistió como letrado más antiguo de la Cámara a las Cortes de Valladolid, supliendo temporalmente la presidencia de Gattinara, y recibió del Rey una nueva recomendación para que la Universidad de Salamanca prorrogara su ausencia durante tres años y de tan tardíamente como el 30 de octubre es la regia merced de regente de la escribanía mayor de los privilegios y confirmaciones. Pero consta que muy a principios de diciembre había ya fallecido por una resolución adoptada por la Universidad de Salamanca el día 5 del mes citado declarando vacante la cátedra de Prima de Leyes que había sido del doctor Carvajal, muy estimado hasta el final por el emperador Carlos, según corrobora, a su vez, una cédula que desde Burgos, el 20 de diciembre de 1527, dirigió a la viuda concediéndole una pensión vitalicia.

Como buen jurista y letrado dejó inéditos muchos escritos y dictámenes sobre temas de linajes, mayorazgos y asuntos de gobierno, así como una compilación de leyes de Castilla y un estudio y edición de Las Partidas, casi todos ellos hoy perdidos. Como se ha dicho, también enmendó y adicionó crónicas de tiempos de Enrique III, Juan II y Enrique IV y él mismo fue cronista del reinado de los Reyes Católicos, obras que han corrido mejor fortuna para el estudioso actual.

Obras de ~: Informe que Lorenzo Galíndez Carvajal dio al emperador Carlos V sobre los que componían el Consejo Real de S. M, s. f. [ed. en Colección de Documentos Inéditos para la Historia de España (CODOIN), vol. I, Madrid, 1842, págs. 122-127]; Anales breves de los Reyes Católicos y Adiciones genealógicas a los claros varones de Castilla, s. f. (ed. en R. Floranes, CODOIN, vol. XVIII, Madrid, 1851, págs. 227-419 y págs. 423-536, respect.); La chronica y hechos acontecidos en el reinado del illustrisimo y muy poderoso rey don Enrique, 4 de este nonbre, que reino en Castilla y Leon, s. f. (ed. con est. de J. Torres Fontes, Murcia, Sucesores de Nogués, 1944); Memorial o registro breve de los Reyes Católicos, s. f. (ed. facs., con introd. y est. de J. M. Carretero Zamora, Segovia, Patronato del Alcázar, Academia de Artillería, 1992).

Bibl.: Quaderno de algunas leyes que no estan en el libro de las prematicas que por mandado de sus magestades se mandan imprimir este año de MDXLIIII años, Medina del Campo, Pedro de Castro impresor, 1544; A. de Burgos, Repertorio de todas las prematicas y capitulos de cortes, hechas por su magestad, desde el año de mil y quinientos y veynte y tres, hasta el año de mil y quinientos y cincuenta y uno, Medina del Campo, Guillermo de Millis, 1551; R. de Floranes, “Vida y obras del Dr. D. Lorenzo Galíndez Carvajal”, en Colección de Documentos inéditos para la Historia de España, vol. XX, Madrid, 1852, págs. 279- 406; E. Esperabé de Arteaga, Historia pragmática e interna de la Universidad de Salamanca, vols. I y II, Salamanca, Imprenta y Librería de Francisco Núñez Izquierdo, 1914-1917; J. Zarco Cuevas, Catálogo de los manuscritos castellanos de la Real Biblioteca de El Escorial, vols. I y II, San Lorenzo de El Escorial, Biblioteca, 1924-1929; E. Scháfer, El Consejo Real y Supremo de las Indias, vols. I y II, Sevilla, Universidad-Publicaciones de la Escuela Hispano-Americana de Sevilla, 1935 y 1947, respect.; L. Marineo Sículo, Vida y hechos de los Reyes Católicos, Madrid, Atlas, 1943; J. Torres Fontes, Estudio sobre la “Crónica de Enrique IV” del doctor Galíndez de Carvajal, Murcia, Sucesores de Nogués, 1944; A. M. Guilarte Zapatero, “Un proyecto para la recopilación de las leyes castellanas en el siglo XVI”, en Anuario de Historia del Derecho Español, XXIII (1953), págs. 452-455; M. de la S. Martín Postigo, “La cancillería castellana en la primera mitad del siglo XVI”, en Hispania, 96 (1964), págs. 519-520; P. Gan Giménez, “El Consejo Real de Castilla. Tablas cronológicas (1499-1558)”, en Chronica Nova, 4-5 (1969), págs. 34-95; Testamento y codicilo de la reina Isabel la Católica: 12 de octubre y 23 de noviembre de 1504, Madrid, Dirección General de Archivos y Bibliotecas, 1969; V. Beltrán de Heredia, Cartulario de la Universidad de Salamanca, vols. II, III y V, Salamanca, Universidad, 1970-1973, 6 vols.; Libro de Bulas y Pragmáticas de los Reyes Católicos, ed. facs., Madrid, Instituto de España, 1973; R. Gibert, “Leyes de Toro”, en C. E. Mascareñas (dir.), Nueva Enciclopedia Jurídica, vol. XIV, Barcelona, Editorial Seix, 1974, págs. 247-248; A. Pérez Martín y J. M. Scholz, Legislación y jurisprudencia en el Antiguo Régimen, Valencia, Universidad, 1978; H. Keniston, Francisco de los Cobos. Secretario de Carlos V, Madrid, Castalia, 1980; M. A. Varona García, La Chancillería de Valladolid en el reinado de los Reyes Católicos, Valladolid, Universidad, 1981; S. de Dios, El Consejo Real de Castilla (1385-1522), Madrid, Centro de Estudios Constitucionales (CEC), 1982; J. M. Headley, The emperor and his cancellor. A study of the imperial chancellery under Gattinara, Cambridge, Cambridge University Press, 1983; P. Gan Giménez, El Consejo Real de Carlos V, Granada, Universidad, 1988; J. M. Carretero Zamora, Cortes, monarquía, ciudades. Las Cortes de Castilla a comienzos de la época moderna (1476- 1515), Madrid, Siglo XXI Editores, 1988; A. M. Guilarte Zapatero, Castilla país sin leyes, Valladolid, Ámbito, 1988; J. Carretero Zamora, Memorial o Registro Breve de los Reyes Católicos. Introducción y estudio, Segovia, Patronato del Alcázar, Academia de Artillería, 1992; S. de Dios, Gracia, merced y patronazgo real. La Cámara de Castilla entre 1474-1530, Madrid, CEC, 1993; C. Garriga, La Audiencia y las Chancillerías castellanas (1371-1525), Madrid, CEC, 1994; B. Cuart Moner, “La sombra del arcediano. El linaje oculto de don Lorenzo Galíndez de Carvajal”, en Studia Historica-Historia Moderna, 15 (1996), págs. 135-178; J. Martínez Millán (dir.), La Corte de Carlos V. Segunda Parte. Los Consejos y consejeros de Carlos V, vol. III, Madrid, Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V, 2000, págs. 146-153.

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