Ayuda

Diego León Pinelo

Biografía

León Pinelo, Diego de. Córdoba (Argentina), 1608 – Lima (Perú), 1671. Abogado, protector de naturales, fiscal de la Real Audiencia de Lima, asesor general del virreinato del Perú.

Hermano, menor en doce años, de Antonio de León Pinelo, se educó inicialmente en Córdoba de Tucumán, luego se recibió de bachiller en Cánones y Leyes en la Universidad de Salamanca el 21 de abril de 1633, viajó al Perú y obtuvo el título de licenciado en la Real Universidad de San Marcos de Lima el 19 de julio de 1636, recibiéndose como doctor por la misma Universidad nueve días más tarde.

Sin embargo, en 1633, cuando aún era estudiante, la Universidad de San Marcos le encomendó la cátedra de Código. Una vez graduado, fue elegido en 1636 como catedrático asociado de Vísperas de Sagrados Cánones. En 1647 obtuvo la cátedra de Prima de Cánones como principal y en la misma época era abogado de la Real Chancillería de los Reyes.

Lamentablemente, las envidias frente a tan rápida carrera no se hicieron esperar. Dos meses más tarde, el 9 de julio del mismo año de 1647, dos licenciados y un doctor en Derecho iniciaron un procedimiento para hacerle perder su posición académica; y para ello se valieron, como sucedió muchas veces, de los prejuicios religiosos. Éstos recordaban que era hijo de un comerciante portugués judío que residía en Tucumán (aunque no dijeron que se convirtió al cristianismo, al punto que, ya viudo, se hizo clérigo). Los acusadores señalaron que era muy peligroso permitir que Diego de León Pinelo enseñara la cátedra de Prima de Cánones con estos antecedentes judíos; y agregaron que había quienes vieron al tal don Diego cuando, oyendo misa, volvía el rostro al alzarse la hostia consagrada. Esto implicaba una insinuación de satanismo. Tal acusación dio lugar a una orden de que el Tribunal de la Inquisición fuese “con cuidado del modo de proceder y doctrina del doctor León” (Archivo General de Simancas, documento transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 391). Sin, embargo, el propio virrey marqués de Mancera salió en su defensa y le escribió al Rey el 15 de julio de 1648 que León Pinelo había ganado todas sus cátedras por oposición y que la de Prima de Cánones la llevó “con mucho exceso de votos y grande aplauso”; y que él mismo le había encargado asuntos graves porque era “reconocido en todos su gran cabeza y celo en el servicio de Vuestra Majestad”.

Resumió su opinión sobre León Pinelo diciendo que “es uno de los mayores letrados que hay acá [...] porque no conozco mayor sujeto que éste” (Archivo General de Indias [AGI], 70-2-14, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 391).

En este año escribió su Hypomnema apologeticum pro Regali Academia Limensi contra Justo Lipsio (1547-1606), profesor belga de la Universidad de Lovaina, filólogo y humanista, en cuyas obras trató de revivir el antiguo estoicismo de manera compatible con el cristianismo. Sin embargo, en una de ellas omitió mencionar a la Real Universidad de Lima entre la relación de instituciones universitarias relevantes; y cuando le preguntaron por las universidades de América, descalificó la cultura en las Indias Occidentales calificándolas de bárbaras: “Quid etiam? Ad Novum Orbem ibo? Sane ibi Barbaries!” (“¿Qué más? ¿Iré al Nuevo Mundo? ¡Ahí son simplemente bárbaros!”) (Hypomnema apologeticum pro Regali Academia Limensi in Lipsianam periodum), 1648, fol. 1v.). Diego de León Pinelo le salió al encuentro para defender la cultura en Indias e hizo un elogio de la Real Universidad de San Marcos en Lima, como una institución de las más apreciables en su campo: “O Lipsi! Clamitavi, casu mihi adversarius obvius es: tecum contendam.

In te culpa est qui provocaste non ignoscenda, nisi roganti” (“Oh, Lipsio, clamaré. Eres obviamente mi adversario: contigo contiendo. La culpa es tuya porque provocaste [a los americanos] sin inocencia y sin que fueras provocado”) (Hypomnema [...], 1648, fol. 2). El libro lleva elocuentísimas recomendaciones de sacerdotes jesuitas, agustinos y autoridades de la Inquisición.

En 1656 fue nombrado 88.º rector de la Real Universidad de San Marcos, cargo que desempeñó por dos períodos, hasta 1658. Mientras era rector, se recibió en la Universidad la bula del papa Alejandro VII que prohibía “decir, escribir y predicar” cualquier cosa que fuere contraria a la Inmaculada Concepción de la Virgen.

Paralelamente, llegó una Real Cédula de Felipe IV que disponía que no era permitido otorgar grado universitario sin escuchar del graduando el juramento previo de creer y enseñar, de palabra y por escrito, que la Virgen fue concebida sin pecado original. Para celebrar esta consagración, el rector Diego de León Pinelo y doce doctores, juristas todos ellos, organizaron muy importantes fiestas (P. de Peralta Barnuevo, 1732, Canto VII). “Haviendo venido el Breve de la Purísima Concepción de María Santísima, celebró esta sagrada gloria la Real Universidad de Lima en el año 1656 siendo Rector el Doct. D. Diego de León Pinelo, con una Pompa Triumphal (o Comparsa a Cavallo) compuesta de magníficos Carros, que llevaban varias representaciones en aplauso del Triumphante Mysterio, y de los Monarcas, Héroes y Varones más famosos, en Armas y Letras, como que todos los Siglos, Imperios y Naciones solemnizaban el Triumpho, cuyos personajes figuraban a Cavallo diversos Estudiantes. La riqueza de los adornos, la propiedad de los trages, y el Ayre de las Personas, la grandeza de jaezes, el número de Lacayos y Libreas hizo esta Pompa una de las mayores que ha visto el Mundo. Rigiéronla doce Doctores Juristas lustrosamente adornados así mismo a Cavallo. Terminó con la representación del mismo Virrey, Conde de Alva, acompañado de sus Guardias, con tan viva imitación, q’ parecía equivocarse la imitación con el respeto” (P. de Peralta Barnuevo, 1732, parte segunda, Canto VI, primera aparición; hay error en la numeración, apareciendo posteriormente un segundo Canto VI-, nota 23: 324-326).

En 1656 fue nombrado protector general de los naturales de la Real Audiencia de Lima, con garnacha, esto es, con derecho a usar la vestidura talar, con mangas y una vuelta, que desde los hombros cae a las espaldas y que es propia de los jueces de las Reales Audiencias. El 15 de agosto de 1656, el virrey conde de Alba de Liste sugirió al Rey nombrarlo también fiscal de la Audiencia, considerando el desvelo con que procuró la defensa de los indios, “se necesita bien de personajes tales para la plaza de fiscales”. Pero señalaba también haberle pedido a León Pinelo que, sin perjuicio de que se le nombrara fiscal, continuase con su cargo de protector defendiendo a los naturales, sin lo cual éstos sufrirían un gran perjuicio (AGI, libro 1.º-70-2-19, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 392-393).

En 1661, Diego de León Pinelo emitió una opinión muy importante sobre el trato a los indios. El licenciado Juan de Padilla, alcalde del Crimen de la Audiencia de Lima, había dirigido una carta al Rey haciéndole presente de los agravios, injusticias, defraudaciones y tiranía que sufrían los indios del Perú.

El Rey ordenó que se formase en Lima una junta para examinar los males representados y promover su remedio.

El virrey, conde de Alba de Liste, pidió informe a Diego de León Pinelo, en su calidad de fiscal protector. León Pinelo confirmó, en un exhaustivo estudio, los abusos y males que afligían a los indios, basándose en veinticinco libros con 9.950 hojas que tenía escritas y que eran las reclamaciones de los indios entre 1655 y 1661.

En 1664, Diego tuvo un altercado con Juan Baptista Moreto, por la fiscalía ante el Tribunal de la Cruzada.

Antes de León Pinelo y después de la muerte del anterior protector (quien había sido al mismo tiempo fiscal de la Cruzada), la Corona había suprimido el cargo de protector de naturales en todas las Indias, regresando al régimen de fiscales de la Real Cédula de 1609, según el cual un oidor hacía de fiscal tanto ante la Real Audiencia como ante el Tribunal de la Cruzada. Pero, habiéndose restablecido el cargo de protector y conferido a Diego de León Pinelo, éste pretendía que le correspondía también la fiscalía ante el Tribunal de Cruzada porque así lo había sido su antecesor y ésa era la costumbre. Juan Baptista Moreto se dirigió al Rey para saber si esta interpretación era correcta, porque él pensaba que no había sido destituido y, por tanto, debía seguir como fiscal de la Cruzada. Por otra parte, Moreto se quejaba también ante el Rey de que Diego “ha movido diferentes Cruzada, reclamando asistir a todos los acuerdos cuando, en opinión de Moreto, sólo le correspondía concurrir cuando se ventilaban casos de indios (AGI, 70-5-25, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 393-395). Es probable que su cargo como protector de indios le ganara la malevolencia de algunos de los oidores de la Audiencia porque, el 15 de noviembre de 1665, Diego escribió al Rey quejándose de que no le dejaban asistir a los pleitos ni le entregaban, como correspondía, la llave de la Caja de Censos Civiles en la que sólo tenían interés los indios. En 1666, Juan Baptista Moreto dejó vacante la Fiscalía Civil de la Audiencia por haber sido nombrado gobernador de Huancavelica. La Audiencia nombró para ese cargo al licenciado Diego de Baeza, quien era entonces fiscal del Crimen. Pero, aun cuando León Pinelo alegó que por costumbre le correspondía ahora a él ocupar esa Fiscalía del Crimen, la Audiencia no mantuvo el uso y aclaró que el nombramiento del licenciado Baeza a la Fiscalía Civil no le hacía perder su cargo de fiscal del Crimen (AGI, 70-2-28 y 70-3-35, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 400).

Diego siguió como protector de los indios prácticamente hasta su muerte, habiendo ejercido el cargo por quince años. Durante ese tiempo fue también, como se ha visto, fiscal de la Audiencia de Lima.

Pero, además, el virrey conde de Lemos lo nombró como asesor general del virreinato, cargo que, según el conde de Lemos, fue el que más trabajo le dio para conseguir a alguien adecuado, porque se requería una persona de gran confianza, ya que por ella pasaban los despachos de mayor importancia; pero agregaba que felizmente encontró a Diego de León Pinelo “cuyas letras, cristiandad, prudencia y justificación” son bien notorias (AGI, 70-2-28, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 400).

Sin embargo, Diego se vio afectado por problemas económicos debido a la corta paga que le correspondía como protector, siendo ésta “una ocupación que se lleva todo el tiempo” debido a que eran muchas las quejas de los indios y había que atenderlas y ordenarlas, decía él mismo; y agregaba que había desempeñado este cargo “con puntualidad, integridad y limpieza, de que puede ser testigo todo el Reino”. Pese a ello, en 1665, le expuso en una comunicación al Rey que su problema económico era tan crítico que podía llevarlo a quedar reducido a “no tener con qué sustentarme con mujer e hijas” (AGI, 70-5025, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 395-396).

El virrey conde de Lemos consideró que su situación era tan difícil y, al mismo tiempo, tan injusta para quien había sacrificado su vida para cumplir un cargo público, que decidió el 23 de marzo de 1668 escribirle a la Reina para pedirle que ayudase a Diego. Le dijo que “se halla en el ínfimo puesto de la Audiencia, cuando debía en justicia ocupar el primero de todos los que hoy concurren en ella”. El tono de la carta del virrey era conmovedor: “Es fuerza suplicárselo a V. M.

con todo rendimiento; aunque nunca será mi estilo pedir a V. M. por nadie como Conde de Lemos, en esta ocasión ha de ser don Diego excepción desta regla, y puesto a los pies de V. M. con toda obediencia, suplico a V. M. honre a don Diego de León Pinelo con una plaza de Oidor desta Real Audiencia, que ninguno más dignamente la ocupará en las Indias, y en verdad, Señora, que pocos en España, porque es docto, virtuoso, trabajador, limpio y cuantas buenas prendas constituyen a un buen ministro, las tiene en verdad don Diego” (AGI, 70-2-28, transcrito por J.Toribio Medina, 1904: 400-401). Los oidores Andrés Flores de la Parra, Diego Andrés Rocha y Pedro García de Ovalle se sumaron a este pedido con una comunicación igualmente a la Reina del 25 de enero de 1669, en la que le decían de Diego que “su virtud y aventajadas letras y la experiencia” que tenía, así como “su integridad, limpieza y gran talento” obligaban a suplicar por su adelanto a mayor plaza. Agregaban que Diego, por cumplir a cabalidad su cargo de protector de indios, había tenido que abandonar la abogacía e incluso la cátedra, y por ello “se halla sin salario competente a sus obligaciones y al sustento de su mujer e hijos [...] que muchos años no percibe lo que aún no bastara al sustento de un hombre solo y de muy poca fortuna” (AGI, 70-2-28, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 401). Y el virrey conde de Lemos reiteró su pedido a la Reina un año y medio más tarde, el 30 de agosto de 1669, alabando “las letras, proceder, integridad y prendas del doctor don Diego de León Pinelo” y señalando que, ahora que lo conocía aún más con el paso del tiempo, se sentía en el deber de volver a pedir que se le promoviera a la plaza de oidor “cuando lo veo tan digno de ella y en el último lugar y trabajando con tan corto salario” (AGI, 70-3-2, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 401-402).

Lamentablemente, el nombramiento no tuvo ocasión de llegar porque Diego de León Pinelo, ensalzado y protegido por tres virreyes, falleció poco después en Lima, en 1671, sin haber sido promovido a oidor.

Su hijo, el doctor Diego de León Pinelo Gutiérrez, natural de Lima, sacerdote y teólogo, fue también rector de San Marcos durante dos períodos (1686- 1688). Melchor de Liñán y Cisneros, arzobispo de Lima, en carta al Rey, decía que Diego de León Pinelo Gutiérrez ocupó la cátedra de Prima de Cánones (la misma que tuvo su padre) y que “ha correspondido a la obligación de su estado y a la de ser hijo del doctor don Diego de León Pinelo” (AGI, 70-3-2, transcrito por J. Toribio Medina, 1904: 401-402).

 

Obras de ~: Hipomnema apologeticum pro Regali Academia Limensi in Lipsianam periodum [...], Limae, Ex Officina Iuliani de los Santos et Saldaña, Anno Domini MDCXLVII.

 

Bibl.: P. de Peralta Barnuevo, Lima Fundada o Conquista del Perú, poema heroico [...], Lima, en la Imprenta de Francisco Sobrino y Bados, 1732; J. Toribio Medina, La imprenta en Lima (1584-1824), Santiago de Chile, 1904; M. de Mendiburu, Diccionario histórico biográfico del Perú, t. XI, Lima, Librería e Imprenta Gil, 1934 (2.ª ed.); D. Valcárcel, Historia de la educación colonial, Lima, Universo, 1968.

 

Fernando de Trazegnies y Granda, marqués de Torrebermeja