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Diego Vicencio de Vidania Broto

Biografía

Vidania Broto, Diego Vicencio de. Huesca, 5.X.1644 baut. – Nápoles (Italia), 18.VIII.1732. Jurisconsulto.

Nació en el seno de una familia de ciudadanos oscenses. Sus padres eran Diego Antonio Vidania, notario, e Inés Josefa de Broto y Santapau. Bautizado el 5 de octubre de 1644, fue seguramente hijo único. Se quedó huérfano de padre a los tres años y desde entonces su madre se encargó de la administración de la hacienda familiar, tal como muestran los protocolos notariales. Ella tenía una firma elegante que sugiere que debía de tener cierta instrucción. Su hijo estudió en la Universidad de Huesca y obtuvo los títulos de bachiller en leyes en 1663, licenciado y doctor en leyes en 1667 y bachiller en cánones en 1668. Pese a ser doctor en un derecho y bachiller en el otro, los documentos le nombran “doctor en ambos derechos”, denominación muy frecuente entre quienes se graduaron de este modo en el Estudio General. En el curso 1666-1667 desempeñó una sustitución, durante dos meses, en la Cátedra de Código. Fue Rector en 1667- 1668, catedrático de Digesto Viejo en 1667-1668 y de Sexto en 1668-1669. Desempeñó durante varios años los cargos de secretario de la Universidad y notario.

En suma, su trayectoria docente no fue dilatada, algo más de dos años, si bien la mayoría de los profesores universitarios, sobre todo los de derecho, también solían ejercer durante breves períodos de tiempo.

La ciudad donde pasó las primeras décadas de su larga vida padeció graves calamidades como el hambre, la peste de mediados de siglo o las consecuencias de la guerra de Separación de Cataluña. Sin embargo, hubo una notable actividad cultural, especialmente en torno al círculo de Juan Vicencio de Lastanosa, erudito y mecenas de Ustarroz y Gracián. Vidania se relacionó con Lastanosa; algunos documentos indican que era un hombre apreciado.

Contrajo matrimonio con Teresa Insausti, hija de un jurado zaragozano, ejerció durante algún tiempo como abogado en Madrid y Zaragoza y desempeñó el cargo de consultor del Santo Oficio. Sus testamentos, impresionantes, muestran un carácter profundamente religioso. Así, en 1679 dejó escrito: “Protesto que muero y quiero morir católico bajo la obediencia de la santa fe de Cristo y sus Pontífices Romanos”, junto con el deseo de estar en el cielo con su esposa (“se dignará su Divina Magestad volvamos a vivir en unión espiritual una eternidad”). Enviudó poco después sin descendencia, lo que le sumió en la tristeza.

Se ordenó sacerdote y en 1684 es nombrado fiscal del Santo Oficio en Barcelona; en 1686, inquisidor de Sicilia. El mismo año informó desde Roma al Inquisidor General sobre el proceso romano contra Miguel de Molinos. Éste había sido condenado por la Inquisición española y en aquellos momentos le estaba procesando la Romana. Vidania relata cómo el molinosimo se había expandido por España e Italia en ciertos ambientes eclesiásticos. Dice que el procesado es un hombre “modesto y virtuoso” aunque “de mediano ingenio”. Lamenta que la doctrina de dicho teólogo haya degenerado, en algunos casos, en superchería.

Advierte contra el peligro de que estos excesos sean imitados por “monjas sencillas o personas cautas”. Se muestra a favor de la independencia de la Inquisición española frente a la Romana y considera que la condena en España ha sido “una prevención prudente”. El papa Inocencio IX condenó más tarde, en 1687, una serie de proposiciones contenidas en la Guía Espiritual de Miguel de Molinos, quien comenzó a ser visto como un pensador muy pernicioso para la fe.

En 1689 le designaron capellán mayor del Reino de Nápoles. En 1699 regresa como visitador del tribunal de distrito de Sicilia por mandato personal del Inquisidor General Rocaberti. Tenía la misión de investigar un caso muy sórdido: la muerte de varios cabecillas, ordenada por los inquisidores con el pretexto de salvaguardar la tranquilidad de la Isla. El 30 de enero de 1700 Vidania fue nombrado consejero de la Suprema ad honorem y sin gajes por el Inquisidor General Baltasar de Mendoza y Sandoval.

En 1702 regresó a Nápoles, ciudad inmersa en una época de esplendor cultural, sobre todo en torno a la Academia degli Investiganti. Fue muy bien acogido en los ambientes intelectuales. Se relacionó con el aragonés Félix Espinosa y Malo (1646-1691), doctor en derecho por la universidad napolitana, de quien heredó sus escritos. A Vidania le dedicaron sus obras eruditos como Agostino Ariani, Doménico Aulisio (1694) y Luca Porzio (1697). Es mucho más conocida su amistad con Giambattista Vico, hasta el punto de que se ha pensado que el capellano maggiore pensó en crear una cátedra de derecho natural para él. Éste le describe en sus memorias como un hombre “doctísimo en antigüedades romanas, especialmente en lo que se refiere a las leyes”. Vico publicó en 1721, como apéndice a su De inconstantia iurisprudentis una disertación sobre los jurisconsultos romanos que el aragonés le envió en 1709 desde Barcelona. Éste también escribió un tratado anónimo sobre el Código de Justiniano en 1713 que fue elogiado por el romanista Brenkman, uno de los epígonos más relevantes de la escuela elegante holandesa en el siglo XVIII.

Vidania escribió sobre temas muy diversos: genealogía, teología moral, derecho romano e historia. Es autor de un tratado inédito de derecho natural, redactado en Barcelona en 1712. Contiene doctrinas de autores ajenos al catolicismo, como los hermanos Guillermo y Hugo Grocio, si bien sobre este punto aclara: “Los escritores acatholicos que cito, se entenderán en reprobación de sus sectas, por la luz que dio su ingenio, en lo que no es dogmático. El mio cree i confiesa lo que manda la Iglesia Catholica romana” por lo que renuncia “por mayor humildad i respeto a toda defensa”. El resto de sus citas son más convencionales: Suárez, Vázquez de Menchaca, Aristóteles o Porfirio. Hay que tener en cuenta, por otra parte, que Grocio fue muy influyente en la cultura napolitana a finales del siglo xvii y su importancia en la obra de Vico es manifiesta. Tanto él como Vidania intentaron adaptar las tesis del jurista y teólogo holandés al catolicismo.

También se ha subrayado que ambos eran muy reticentes ante el pensamiento de ciertos filósofos modernos, en especial Descartes.

Propuso planes de reforma de la universidad de Nápoles: primero, al Virrey español en 1698; años después, bajo la dominación austriaca, a Viena. Este último tiene un contenido muy conservador, a diferencia de otros informes que entonces se propugnaron. En este sentido, señala que “lo arcano i decissivo toca al Vicario de Christo i sus Congregaciones, a quien no instruimos sino ciegamente obedecemnos”. La innovación más importante que admite es la creación de una cátedra de Derecho natural.

Defendió con brillantez y ecuanimidad las regalías napolitanas frente a Roma. En 1707 fue excomulgado por Clemente XI. Desempeñó el cargo de capellán mayor hasta poco antes de morir. Según Tellechea, su renuncia al cargo causó el alivio del Nuncio. Falleció en Nápoles en 1732 y fue sepultado en la iglesia de Santa Anna de Palazzo. En la ciudad de Huesca hay una calle dedicada a su memoria.

Además de sus obras se conocen “Un volumen de su memoria y elogios que mereció [...] Muchas cartas y papeles de antigüedades públicas, por él y por otros. [...] Publicación del tratado que dio a luz en el tomo III del ‘Novus thesaurus antiquitatum Romanorum aeditus Hagae Comitum ab Alberto Enriquez de Sallengre, 1719’” (Gómez Uriel, 1886, vol. III: 356).

 

Obras de ~: Disertación histórica de la patria del invencible martir San Lorenzo [...], Zaragoza, Juan de Ibar, 1672; Oración panegírica por la admisión de don Jaime Félix Mezquita [...], Zaragoza, Juan de Ibar, 1673; Elogio al mérito de don Vicencio Juan de Lastanosa [...], impreso en el Tratado de la moneda jaquesa, Zaragoza, 1681; Carta dirigida a Vicencio Juan de Lastanosa, fechada en Huesca a 20 de mayo de 1681 (impreso, s. a. 18 hojas); Triunfos christianos del mahometismo vencido, en Cinco discursos académicos, Madrid, L. A. de Bidmar, 1684; Inocencio XI. Echo-Paranomasticum anagrammaticum, cronologicum elogium, s. f. (desde la pág. 22); Al Rey Nuestro Señor Don Francisco de Benavides [...] representa los servicios heredados y propios y los de sus hijos [...], la antigüedad de su casa y las incorporadas en ella, Nápoles, A. Parrino y M. L. Mucio, 1696; Teatro de las Españas citerior y ulterior, tarraconense, Bética y Lusitania. Su historia sagrada, profana, geográfica, crográfica, genealógica, heráldica. Por orden alfabético (ms.); “Prólogo”, de Ocios Morales, Zaragoza, Manuel Román, 1693; Annales del Reinado de Don Phelipe III, s. f., 2 vols. (ms.); Anales de las Españas desde el Diluvio hasta [...] don Carlos Segundo nuestro Rey y Señor, s. f., 1 vol. (ms.); Fasti legales opus, s. f., 2 vols. (ms.); De abusu poenitentiae (ms.); El Derecho natural innato en las mentes de los hombres, y sus efectos 1712 (ms.).

 

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José María Lahoz Finestres