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Pedro López de Arrieta

Biografía

López de Arrieta, Pedro. Vitoria (Álava), ú. t. s. xv – 8.I.1563. Consejero de Castilla.

Se desconoce la fecha exacta del nacimiento de Pedro López, pero ésta debió de suceder en el último tercio del siglo xv en Vitoria. Se licenció en Leyes y contrajo matrimonio con María de Escoriaza, hija de un médico de cámara, el doctor Escoriaza. En 1535 el cardenal Tavera, con el fin de apuntalar su dominio cortesano, impulsó diversos nombramientos, mandando al obispo de Mondoñedo, Pedro Pacheco, a efectuar visitas a las chancillerías para captar letrados.

Pacheco se ocupó de la inspección a la Audiencia granadina y sus conclusiones se vieron en el Consejo Real. Tras la visita y el informe realizado, se modificó la plantilla de dicha Audiencia granadina, siguiendo el siguiente esquema: el licenciado Gutierre Velásquez fue trasladado al Consejo de Indias; el alcalde Menchaca pasó a ejercer este cargo en Valladolid; los licenciados y oidores Pisa y Diego de Soto fueron trasladados a la Chancillería de Valladolid para desempeñar el mismo cargo, lo mismo le sucedió al abogado Jerónimo de la Cuadra. Las vacantes fueron ocupadas por el doctor Miguel de Ribera, los licenciados Deza, Alarcón y Esquivel. Pedro López de Arrieta, que había estado trabajando como abogado en Valladolid, ocupó el puesto de oidor en Granada, sustituyendo al licenciado Soto y gracias a la intervención de su suegro, el doctor Escoriaza. Se desconoce la vida de López de Arrieta mientras ocupó el cargo de oidor, pero se intuye una buena amistad con el presidente de la misma, Sebastián Ramírez de Fuenleal, cliente de Tavera, ya que al poco de trasladarse este último a la presidencia de Valladolid, en 1538, se trasladó también López de Arrieta favorecido por el ex presidente de la Audiencia granadina, en 1541, acercándose así a la Corte.

Mientras estuvo en Valladolid, López de Arrieta se convirtió en oidor decano de ambas Chancillerías, y trató de aproximarse al presidente del Consejo Real, Fernando de Valdés, quien intentaba influir en la política cortesana. En un principio sus objetivos chocaron con los del inquisidor general, Juan Pardo de Tavera, pero más tarde y concretamente, en 1543, cuando el Emperador inició su viaje, su figura empezó a cobrar importancia. Éste se consolidó gracias a la sucesiva desaparición del inquisidor general y del comendador mayor Cobos y fue reforzado durante la regencia de Maximiliano y María, y gracias a esto Fernando de Valdés pudo participar de forma decisiva en la provisión de aquellos puestos de mayor relevancia política y necesitado personas que le ayudasen a consolidar su red clientelar, pudo recurrir a los contactos mantenidos años anteriores con López de Arrieta.

Cuando, en 1548, el Emperador encomendó la regencia a su hija y su sobrino, había procedido a reservarse la provisión de las plazas más importantes, como eran las de presidentes y oidores de chancillerías y del Consejo Real. Para ello había previsto que el patriarca Hernando Niño de Guevara y el arzobispo Valdés le enviaran sus memoriales con las personas propuestas. Este procedimiento se aplicó con motivo del fallecimiento de los licenciados Cortés y Montalvo, y López de Arrieta recibió el apoyo tanto del inquisidor general, Valdés, como del presidente y colaborador de dicho inquisidor, Niño de Guevara, para ocupar el un cargo en el Consejo Real, lo que consiguió el 23 de diciembre de 1549, tomando posesión al año siguiente, concretamente el 21 de febrero. El puesto que ocupó fue el que Pedro Cortés había dejado vacante.

Su labor en el Consejo Real no fue significativa pese a que presidió el Honrado Concejo de la Mesta y en 1555 se le encomendó la tarea de continuar con la recopilación legislativa de las Leyes Castellanas, labor que había comenzado Pedro López de Alcocer en 1534 y que habría continuado el doctor Escudero hasta 1551, momento en el que le sobrevino la muerte. Entonces las Cortes de Madrid de 1552 pidieron que se continuara la labor, que fue asignada al letrado López de Arrieta por Felipe II. En la Recopilación de las Leyes Castellanas se fiaba una disminución de la carga contenciosa del aparato judicial, lo que permitiría su agilización.

Arrieta debía presentar sus adelantos de forma periódica al Consejo Real y no cabe duda de que su trabajo permitió un adelanto en el proceso, pero la dificultad de la tarea y la falta de personal, que tanto perjuicio causaba al Consejo, hicieron que las Cortes de 1555 solicitaran al Rey que dispensara a López de Arrieta de asistir al organismo y le concediera una gratificación por su esfuerzo.

Parece que el Monarca no cumplió el deseo de la asamblea, pero Arrieta prosiguió la actividad recopiladora, cobrando fama por ella, antes que por su contribución al despacho en el Consejo Real. La situación debió parecer favorable al inquisidor general Fernando de Valdés, que veía cercano el momento crucial de su enfrentamiento con el grupo ebolista, pues la dedicación de Arrieta a esta labor favorecía, por un lado, la identificación de su grupo con la ley, al tiempo que, por otro, le facilitaba la imposición de sus principios ideológicos a la sociedad. En este sentido, no dudó en proteger el derecho hereditario de los hijos de clérigos, en perjuicio de Roma.

Fue en el manejo judicial, donde pudo apreciarse con mayor claridad la vinculación de Arrieta a favor de su grupo de poder, cuando llegó a desobedecer a Felipe II —alejado de Castilla— para proteger los intereses del inquisidor general. Había sucedido que el sobrino de éste, Fernando de Valdés, se había desposado con Mayor Osorio, hija de Francisco Osorio, pero la negativa del primero a renunciar a las legítimas y sucesiones de la madre y del abuelo de Mayor Osorio llevó a éstos a tratar de impedir el matrimonio y a obligarla a tomar estado religioso, mientras la mantenían encerrada. Pero Mayor sería liberada por el alcalde de casa y corte, Gaspar Durango, trasladándose a la casa del doctor Anaya, para que pudiera decidir qué estado quería tomar: si el de religiosa o el de casada, sin tener ningún tipo de coacción. Después de conversar con Anaya y el licenciado Arrieta, Mayor aceptó el matrimonio, pero al conocerse en la Corte la intervención de ambos consejeros y su relación con Valdés, se les acusó de haber inducido aquella decisión. El problema residía en que ambos consejeros habían recibido órdenes expresas del Rey, trasladadas por la regente doña Juana, de impedir dicho enlace y, sin embargo, ambos habían decidido actuar por su cuenta, sin tener en cuenta ni la opinión del Rey ni del Consejo. Con la intención de justificarse enviaron un memorial al Rey, en 1557, pero dicho escrito no disuadió ni al Monarca ni a los cortesanos de que su actividad judicial había sido ejecutada en beneficio del inquisidor general.

Hasta la vuelta del Rey a Castilla, López de Arrieta continuó manifestando su inclinación política en todas las comisiones en las que intervino, como la resolución de pleitos en Contaduría o la discusión acerca del derecho regio sobre las minas. Su entrada en la Inquisición fue considerada a fin de suceder al difunto licenciado Galarza como consejero del Consejo Real en ella, al abogar Valdés por la incorporación de un jurista para las audiencias de los luteranos de Valladolid. En 1562 López de Arrieta volvió a ocupar la presidencia Emperador inició su viaje, su figura empezó a cobrar importancia. Éste se consolidó gracias a la sucesiva desaparición del inquisidor general y del comendador mayor Cobos y fue reforzado durante la regencia de Maximiliano y María, y gracias a esto Fernando de Valdés pudo participar de forma decisiva en la provisión de aquellos puestos de mayor relevancia política y necesitado personas que le ayudasen a consolidar su red clientelar, pudo recurrir a los contactos mantenidos años anteriores con López de Arrieta.

Cuando, en 1548, el Emperador encomendó la regencia a su hija y su sobrino, había procedido a reservarse la provisión de las plazas más importantes, como eran las de presidentes y oidores de chancillerías y del Consejo Real. Para ello había previsto que el patriarca Hernando Niño de Guevara y el arzobispo Valdés le enviaran sus memoriales con las personas propuestas.

Este procedimiento se aplicó con motivo del fallecimiento de los licenciados Cortés y Montalvo, y López de Arrieta recibió el apoyo tanto del inquisidor general, Valdés, como del presidente y colaborador de dicho inquisidor, Niño de Guevara, para ocupar el un cargo en el Consejo Real, lo que consiguió el 23 de diciembre de 1549, tomando posesión al año siguiente, concretamente el 21 de febrero. El puesto que ocupó fue el que Pedro Cortés había dejado vacante.

Su labor en el Consejo Real no fue significativa pese a que presidió el Honrado Concejo de la Mesta y en 1555 se le encomendó la tarea de continuar con la recopilación legislativa de las Leyes Castellanas, labor que había comenzado Pedro López de Alcocer en 1534 y que habría continuado el doctor Escudero hasta 1551, momento en el que le sobrevino la muerte. Entonces las Cortes de Madrid de 1552 pidieron que se continuara la labor, que fue asignada al letrado López de Arrieta por Felipe II. En la Recopilación de las Leyes Castellanas se fiaba una disminución de la carga contenciosa del aparato judicial, lo que permitiría su agilización.

Arrieta debía presentar sus adelantos de forma periódica al Consejo Real y no cabe duda de que su trabajo permitió un adelanto en el proceso, pero la dificultad de la tarea y la falta de personal, que tanto perjuicio causaba al Consejo, hicieron que las Cortes de 1555 solicitaran al Rey que dispensara a López de Arrieta de asistir al organismo y le concediera una gratificación por su esfuerzo.

Parece que el Monarca no cumplió el deseo de la asamblea, pero Arrieta prosiguió la actividad recopiladora, cobrando fama por ella, antes que por su contribución al despacho en el Consejo Real. La situación debió parecer favorable al inquisidor general Fernando de Valdés, que veía cercano el momento crucial de su enfrentamiento con el grupo ebolista, pues la dedicación de Arrieta a esta labor favorecía, por un lado, la identificación de su grupo con la ley, al tiempo que, por otro, le facilitaba la imposición de sus principios ideológicos a la sociedad. En este sentido, no dudó en proteger el derecho hereditario de los hijos de clérigos, en perjuicio de Roma.

Fue en el manejo judicial, donde pudo apreciarse con mayor claridad la vinculación de Arrieta a favor de su grupo de poder, cuando llegó a desobedecer a Felipe II —alejado de Castilla— para proteger los intereses del inquisidor general. Había sucedido que el sobrino de éste, Fernando de Valdés, se había desposado con Mayor Osorio, hija de Francisco Osorio, pero la negativa del primero a renunciar a las legítimas y sucesiones de la madre y del abuelo de Mayor Osorio llevó a éstos a tratar de impedir el matrimonio y a obligarla a tomar estado religioso, mientras la mantenían encerrada. Pero Mayor sería liberada por el alcalde de casa y corte, Gaspar Durango, trasladándose a la casa del doctor Anaya, para que pudiera decidir qué estado quería tomar: si el de religiosa o el de casada, sin tener ningún tipo de coacción. Después de conversar con Anaya y el licenciado Arrieta, Mayor aceptó el matrimonio, pero al conocerse en la Corte la intervención de ambos consejeros y su relación con Valdés, se les acusó de haber inducido aquella decisión.

El problema residía en que ambos consejeros habían recibido órdenes expresas del Rey, trasladadas por la regente doña Juana, de impedir dicho enlace y, sin embargo, ambos habían decidido actuar por su cuenta, sin tener en cuenta ni la opinión del Rey ni del Consejo. Con la intención de justificarse enviaron un memorial al Rey, en 1557, pero dicho escrito no disuadió ni al Monarca ni a los cortesanos de que su actividad judicial había sido ejecutada en beneficio del inquisidor general.

Hasta la vuelta del Rey a Castilla, López de Arrieta continuó manifestando su inclinación política en todas las comisiones en las que intervino, como la resolución de pleitos en Contaduría o la discusión acerca del derecho regio sobre las minas. Su entrada en la Inquisición fue considerada a fin de suceder al difunto licenciado Galarza como consejero del Consejo Real en ella, al abogar Valdés por la incorporación de un jurista para las audiencias de los luteranos de Valladolid. En 1562 López de Arrieta volvió a ocupar la presidencia de la Mesta, y además verificó el cumplimiento de los estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados tras la visita de Diego de Covarrubias. Manifestando también en esta tarea sus inclinaciones políticas y mostrando una gran vitalidad política hasta el momento de su muerte, ocurrida el 8 de enero de 1563.

 

Fuentes y bibl.: Archivo General de Simancas, Estado, leg. 13 n.os 143, 145 y 186; leg. 65 n.º 13; leg. 121 n.os 286- 288; leg. 129 n.os 21 y 129; Patronato Real, leg. 26 n.º 104.

F. Bermúdez de Pedraza, Arte legal para estudiar la jurisprudencia, Salamanca, 1612, págs. 71-72; J. J. de Landázuri y Romarate, Los varones ilustres alaveses, y los fueros, exenciones, franquezas y libertades de que siempre ha gozado la M. N. y M. L. provincia de Alava, Vitoria, Imprenta Provincial, 1799, pág. 139; A. M.ª Guilarte, “Un proyecto para la recopilación de las leyes castellanas en el siglo xvi”, en Anuario de Historia del Derecho Español, 23 (1953), págs. 446-447 y 454; P. Girón, Crónica del Emperador Carlos V, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 1964, págs. 52-53 y 126; P. Gan Giménez, “El Consejo Real de Castilla: tablas cronológicas (1499-1558)”, en Chrónica Nova, 4-5 (1969), págs. 140-141 y 146-147; A. Pérez Martín y J. M. Scholz, Legislación y jurisprudencia en la España del Antiguo Régimen, Valencia, Albatros, 1978, pág. 28; M.ª S. Martín Postigo, Los presidentes de la Real Chancillería de Valladolid, Valladolid, Institución Cultural Simancas, 1982, págs. 43-45; A. A. Ruiz Rodríguez, La Real Chancillería de Granada en el siglo xvi, Granada, Diputación Provincial, 1987, págs. 77-79 y 113; P. Gan Giménez, El Consejo Real de Carlos V, Granada, Servicio de Publicaciones de la Universidad, 1988, pág. 223; La Real Chancillería de Granada (1505-1834), Granada, Centro de Estudios Históricos de Granada y su Reino, 1988, pág. 191; C. Domínguez Rodríguez, Los oidores de las salas de lo civil en la Chancillería de Valladolid, Valladolid, Publicaciones de la Universidad, 1997, págs. 48 y 53; I. J. Ezquerra Revilla, “Pedro López de Arrieta”, en J. Martínez Millán y C. J. de Carlos Morales (dirs.), Felipe II, 1527-1598. La configuración de la Monarquía hispana, Salamanca, Junta de Castilla y León, Consejería de Educación y Cultura, 1998, pág. 419; “Pedro López de Arrieta”, en J. Martínez Millán (dir.), La Corte de Carlos V, vol. III, Madrid, Sociedad Estatal para la Conmemoración de los Centenarios de Felipe II y Carlos V, 2000, págs. 243-245.

 

Alejandro López Álvarez

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