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Juan de Acuña

Biografía

Acuña, Juan de. Marqués de Valle de Cerrato (I). Dueñas (Palencia), 1543 – Madrid, 22.XII.1615.

Oidor de la Chancillería de Valladolid, del Consejo Real y Cámara de Castilla, presidente del Consejo de Hacienda, del de Indias, y presidente del Consejo Real.

Hijo natural del conde de Buendía y dama hidalga, estudió derecho en la Universidad de Salamanca. En ella desempeñó cátedras de Leyes y Cánones y llegó a ser rector. En su acceso al aparato judicial castellano contó con el apoyo de ministros próximos a la Sede Apostólica. Si en principio este hecho le favoreció para ser nombrado oidor de la Chancillería de Valladolid el 23 de noviembre de 1578, terminaría perjudicándole, pues Felipe II desoyó poco después la propuesta del presidente Antonio de Pazos, de proveer en él —entre otros candidatos— importantes vacantes: en el Consejo Real, los escaños dejados por los doctores Molina y Aguilera; y en el de Órdenes, el abandonado por el licenciado Juan de Zuazola.

De tal manera que permaneció en la Chancillería, hasta que en 1585 hubo de desplazarse a Sevilla para iniciar visita a la audiencia de los grados, cuya instrucción concluyó dos años después. En 1588 continuaban sin decidirse los oidores del Consejo Real que debían sentenciar esta inspección, quienes —tutelados por Acuña—, terminaron siendo los licenciados Juan Tomás, Juan de Guardiola, Íñigo López de Mardones, Juan Gómez, Pablo de Laguna y Lope de Guzmán. Por la sentencia resultó suspendido por tres años el oidor Velázquez, quien en 1591 se desplazó hasta la Corte para solicitar inútilmente levantamiento de su pena.

Tan sólo la paulatina posposición de los herederos ideológicos del cardenal Espinosa, desde la conclusión de la jornada aragonesa en 1586, permitió al conde de Buendía vencer —con el apoyo de los presidentes Rodrigo Vázquez de Arce y Hernando de Vega— la reticencia del conde de Barajas y de Mateo Vázquez a la promoción de Acuña al Consejo Real de Castilla, basada en su juventud, escasas letras e incertidumbre de limpieza materna. Merece la pena transcribir la opinión del presidente de Castilla, para ilustrar lo descarnados que podían ser los próceres a la hora de considerar la provisión de plazas públicas, siempre en defensa del propio interés político: “En lo que toca a don Juan de Acuña lo que he entendido siempre es que quando salió de Salamanca para ir a Valladolid no avía estudiado más de lo que lo ha hecho después que es oidor, no sé si será mucha la tierra que avrá ganado en esto de las letras en este tiempo con las ocupaciones ordinarias del oficio. Es juez limpio, entero en su voto, recogido y virtuoso, pretende plaça del Consejo y su padre créame importuna a V.Md. mucho por ella. Dizen que es limpio de parte de su madre. Voy apurando lo cierto de quién fue...”. Su título de 25 de agosto de 1587 testimonió la relevante posición que estaba alcanzando la nobleza en la conducción de la Monarquía, para lo que era necesario influir en el Consejo Real.

Deseoso de desmentir a quienes cuestionaban su preparación legal, su labor en el Consejo durante la presidencia del conde de Barajas fue callada y eficaz, culminando en el encargo de una inspección a la Chancillería de Granada a comienzos de 1590. Su actuación en ella dio inicio a una etapa de relevancia política, plasmada en su presencia en el Consejo de la Cámara desde el 15 de noviembre de 1595 (testimonio de la cual fue su asistencia el 7 de enero de 1602 en la posada del conde de Miranda, a la presentación de los poderes de los procuradores de las Cortes de Valladolid 1602-1604). Así como en su entrada en la Sala de Gobierno, durante la corta vigencia de la reforma del Consejo Real de 1598, junto a los licenciados Guardiola, Núñez de Bohórquez, Tejada y Valladares Sarmiento. A su vez, su tarea en la Chancillería de Granada resultó en la elaboración de las Ordenanzas de la Real Audiencia y Chancillería de Granada, publicadas en 1601. Uno de los capítulos de su visita encarecía la necesidad de recopilar todas las cédulas, autos y acuerdos que le afectasen, y el doctor Antonio Bonal fue comisionado a tal efecto.

Su sintonía con el equipo entrante de Felipe III le permitió encajar sin sobresaltos su acceso al trono.

Después de ingresar en el Consejo de Hacienda en 1598 y desempeñar labores como visitador del mismo desde el otoño de 1600, ocupó su presidencia desde el 20 de abril de 1602, con intención de materializar las reformas resultantes de su labor previa, en forma de Ordenanzas. Desde tan encumbrada posición no escatimó esfuerzos en la defensa del peculio regio, al extremo de ejercer desde junio de 1607 como procurador por Madrid en las Cortes iniciadas poco antes, para inducir sobre el terreno la anuencia del reino a la prórroga del servicio de millones.

Permaneció en la presidencia de Hacienda hasta alcanzar la de Indias a finales de 1609, pasando a ejercer la del Consejo Real desde el 29 de octubre del año siguiente. Este último nombramiento llevó pareja una definitiva consolidación social, al obtener rango de marquesado para su señorío de Valle de Cerrato el 16 de febrero de 1612. Para entonces, la tendencia insinuada con su entrada en el Consejo Real ya estaba plenamente consolidada, y Francisco Bermúdez de Pedraza, al dedicarle su Arte legal para estudiar la jurisprudencia en 1612 —verdadero escaparate de los valores jurídicos reinantes en el organismo por entonces— valoró su calidad de “... noble en el blasón de Acuña, a quien V.S.I. ha illustrado con el título de marqués de Valle...”, antes que su virtud como “... sabio en el ingenio y letras...”, postura sumamente elocuente por venir de tan importante letrado. La muerte le sobrevino en pleno ejercicio de su responsabilidad de presidente de Castilla el 22 de diciembre de 1615, siendo trasladado su cuerpo a su Dueñas natal.

 

Fuentes y bibl.: Archivo General de Simancas, Escribanía Mayor de Rentas. Quitaciones de Corte, leg. 24; Patronato Eclesiástico, legs. 10 y 12; Archivo Zabalburu, carpeta 147, n.º 276-277; British Library. Add(itional) 20977, fol. 25; Biblioteca Nacional de Madrid, ms. 8631, fol. 49r., “De la nobleça y real sangre de el linaje y armas de los Sarmientos y Acuñas”; Instituto Valencia de Don Juan, envío 16, caja 27bis; e. 58, c. 78, cuad. II, n.º 46; e. 63, c.85, fol. 153r.

Ordenanças de la Real Audiencia y Chancillería de Granada, Granada, Sebastián de Mena, 1601 (ed. facs., Granada, Diputación- Lex Nova-Junta de Andalucía); Actas de las Cortes de Castilla, vols. XX y XXIII, Madrid, Sucesores de Rivadeneyra, 1861, pág. 9 y pág. 206, respect.; F. Bermúdez de Pedraza, Arte legal para estudiar la jurisprudencia, Madrid, Civitas, 1992 (ed. facs. de Salamanca, Imprenta de Antonia Ramírez, 1612); G. González Dávila, Teatro de las grandezas de la villa de Madrid, Valladolid, Maxtor, 2003 (ed. facs. de Madrid, 1623), págs. 391-392; J. García Mercadal, Viajes de extranjeros por España y Portugal desde los tiempos más remotos, hasta fines del siglo xvi, Madrid, Aguilar, 1952, pág. 1474; P. Williams, “Philip III and the restoration of spanish government, 1598-1603”, en The English Historical Review 349 (1973), págs. 751-769 y pág. 767; F. Barrios, El Consejo de Estado de la Monarquía española. 1521-1812, Madrid, Consejo de Estado, 1984, págs. 344-345; S. de Dios, Fuentes para el estudio del Consejo Real de Castilla, Salamanca, Diputación, 1986, pág. XLI; G. Gascón de Torquemada y G. Gascón de Tiedra, Gaçeta y nuevas de la Corte de España desde el año 1600 en adelante, ed. de A. Ceballos Escalera y Gila, marqués de la Floresta, Madrid, Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía, 1991, págs. 32, 34 y 39; L. Cabrera de Córdoba, Relaciones de las cosas sucedidas en la corte de España desde 1599 hasta 1614, Salamanca, Junta de Castilla y León, 1997 (ed. facs. de Madrid, Imprenta de J. Martín Alegría, 1857), págs. 88 y 140.

 

Ignacio Javier Ezquerra Revilla

 

 

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