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Pedro Inguanzo y Ribero

Biografía

Inguanzo y Ribero, Pedro. Llanes (Asturias), 21.XII.1764 – Toledo, 30.I.1836. Arzobispo de Toledo, cardenal, canonista, consejero de Estado.

Sus padres, Antonio de Inguanzo Posada y Teresa Rivero y Valdés, eran primogénitos ambos de nobles familias, cuyos miembros habían sido figuras ilustres de la vida pública y eclesiástica asturiana.

Comenzó su formación realizando estudios de Latín a los nueve años en su pueblo natal, prosiguiéndola a los once años de la mano de su tío Pedro Inguanzo Posada, canónigo de Palencia. Estudió Filosofía y Artes con los dominicos en el colegio de San Pablo entre 1775 y 1780. Al regresar posteriormente a Oviedo a partir de 1781, inició su formación universitaria con los estudios de Derecho Civil y Canónico. Sin haber ultimado sus estudios, fue nombrado “familiar”, secretario personal, por el arzobispo de Sevilla, Alonso Llanes y Argüelles, a finales de 1784. Fue en su estancia de Sevilla (1785-1792), mientras vivía con el arzobispo en su palacio, cuando alcanzó su graduación en bachiller en Leyes en 1785, y al año siguiente el mismo título en la facultad de Cánones. Cinco años más tarde consiguió la cátedra de Vísperas de la Universidad hispalense, donde ejerció su magisterio hasta febrero de 1792, en que vacó la doctoralía de la catedral de Oviedo, plaza que ganó por oposición al final de año. Antes de ir a su tierra natal, fue recibido como miembro honorario de la Real Academia de Buenas Letras de Sevilla.

En Asturias emprendió una etapa de madurez desde su canonjía de oficio de doctoral, hasta ser nombrado diputado representante por su región en las Cortes de Cádiz. En el mismo año de la toma de posesión de su canonjía fue elegido por el Cabildo ovetense rector del colegio mayor San José, centro donde se educaban numerosos estudiantes universitarios. Y también comenzó a distanciarse de la institución capitular y de algunos de sus miembros, en particular por su carácter y envidia hacia su formación intelectual, según Cuenca Toribio (1965). Un problema grave de salud lo obligó a trasladarse a Madrid a finales de 1797. En su estancia en la capital entró en contacto con los ambientes intelectuales y las doctrinas jansenistas. Ya recuperado, volvió a Oviedo y opositó sin éxito a la canonjía doctoral de la catedral metropolitana de Santiago.

Los inicios de su carrera “política” se hallan en su nombramiento como ministro de Gracia y Justicia por la Junta Superior del Principado de Asturias en 1809. Un año más tarde, el marqués de la Romana anuló esta junta, y Pedro Inguanzo fue elegido diputado representante por Asturias en las Cortes de Cádiz.

Su actuación en éstas fue la de cabeza dirigente de la oposición a las tesis liberales, sostenidas también por clérigos, como el rector de la Universidad de Salamanca, Diego Muñoz Torrero.

En la “consulta al país” realizada por la Junta Central antes de la reunión de las Cortes se puso de manifiesto el movimiento de reformas moderadas y paulatinas demandadas por muchos hombres de la Iglesia española.

Inguanzo apelaba a las consecuencias sufridas por la Iglesia francesa motivadas por los principios ilustrados; no veía conveniente la necesidad de instaurar la “soberanía popular”; defendió la religión católica como religión del Estado (artículo 12), así como la tutela de los bienes eclesiásticos y el derecho de propiedad del clero y de la Iglesia; el nombramiento de obispos y la provisión de sedes episcopales durante la prisión de Pío VII. Pero donde participó de forma brillante, gracias a su formación teológica y canónica, fue en los debates sobre la supresión del Santo Oficio.

El argumento de los liberales, clérigos y laicos era la incompatibilidad con el nuevo sistema constitucional.

Las tesis de los defensores eran políticas y religiosas, pero el planteamiento de Inguanzo se basaba en determinar la competencia o incompetencia de las Cortes para disolver un tribunal pontificio, sosteniendo que no era esencial a la religión, y defendió la incompetencia del poder civil para modificar o anular una institución creada por el pontífice.

Finalizada la tarea de los legisladores, se fue fraguando una reacción ideológica contra el liberalismo a través de escritos en defensa de los privilegios e inmunidades de la Iglesia en el período de regencia.

Inguanzo se destacó como férreo defensor de la ortodoxia en su Discurso sobre la confirmación de los obispos, pieza maestra en defensa de los derechos pontificios.

El 19 de agosto de 1814, Pedro Inguanzo fue propuesto para la sede zamorana y fue confirmado por Roma el 26 de septiembre del mismo año. Tomó posesión el 5 de marzo de 1815. Su episcopado coincidió con la primera restauración religiosa (1814-1820) y con el Trienio Liberal (1820-1823). Tuvo un secretario de Cámara laborioso y digno de recuerdo, Agustín García Diego.

Una vez que regresó Fernando VII, el 22 de marzo de 1814, se inició la persecución de sospechosos de liberalismo o defensores de la Constitución gaditana.

El monarca encontró auxiliares religiosos de su restauración política, entre ellos Inguanzo, quien pronunció un discurso de bienvenida en la visita del rey al Cabildo ovetense y Principado.

Las primeras Cortes tomaron medidas contra la Iglesia a través de las leyes de exclaustración, desamortizadoras de los bienes de los conventos, la implantación del medio diezmo, el número de beneficios eclesiásticos e, incluso, decretaron sobre la modificación del fuero eclesiástico. Estas reformas, realizadas sin contar con la jerarquía, promovieron una lucha política fuera de las Cortes, a través de la prensa y escritos en defensa de la religión, contra una propaganda anticlerical que utilizaba los mismos medios. El episcopado se mantuvo unido y, entre sus figuras, una vez más, sobresalió el obispo Inguanzo, quien se resistió a jurar la Constitución de 1820. Al prelado zamorano le produjo especial rechazo el decreto de supresión de monasterios y casas de órdenes monásticas (25 de octubre de 1820), y el decreto (6 de abril de 1821) que declaraba el episcopado como cargo público dependiente del Gobierno, y en su defensa publicó en Salamanca El dominio sagrado de la Iglesia en sus bienes temporales, donde vaticinaba certeramente el nefasto resultado de la desamortización, y defendía los derechos y privilegios eclesiásticos, aunque, según Revuelta González (1979), era insensible ante la sociedad, que exigía una reforma externa de la Iglesia.

Como obispo de la sede zamorana, el primer problema que se le planteó fue la propuesta del Cabildo para que diese provisión a cuatro canonjías nombradas por los capitulares en sede vacante. La falta de entendimiento llevó el asunto a la Cámara de Castilla, y acabó con una cédula del rey por la que ordenaba al obispo dar la colación canónica.

Uno de sus primeros objetivos fue el restablecimiento del seminario conciliar, erigido por el obispo Falcón y Salcedo, y consiguió de Fernando VII una real cédula por la que agregaba a la renta del seminario los productos de los curatos vacantes y de los que vacasen en lo sucesivo.

Para tener un conocimiento directo de su diócesis efectuó visitas pastorales en 1815 a los arciprestazgos del Vino y Fuentesaúco, en 1816 a los del Pan y Toro, en 1817 a Sayago, y a la ciudad de Zamora en 1818.

En las actas de las mismas se observa un detallado informe sobre el estado material de las fábricas de las parroquias, deficiente en algunos arciprestazgos, cuidando con atención la correcta recaudación y administración de las rentas parroquiales por los mayordomos y párrocos. Asimismo, restableció la celebración de las conferencias morales.

Su labor pastoral y social se dirigió también a la construcción de casas de niños expósitos en la diócesis, la fundación de escuelas de niñas en Fermoselle y a la creación de pósitos.

El 3 de agosto de 1824, Fernando VII lo presentó para la sede primada, una vez fallecido el cardenal Borbón un año antes, obteniendo la confirmación del papa León XII el 27 de septiembre. Efectuó su entrada en Toledo el 6 de marzo de 1825. Los historiadores José Manuel Cuenca y Manuel Revuelta explican este ascenso como un premio por la oposición mantenida contra el régimen del Trienio Liberal.

Su preocupación como príncipe de la Iglesia se dirigió a reflexionar sobre la corrupción de los tiempos, fruto de la experiencia vivida en el cercano trienio. Su primera pastoral, El mal de los tiempos modernos: el olvido de Dios (25 de mayo de 1825), invitaba a que la restauración religiosa se materializase en un aumento de vocaciones, y en la creación de seminarios e institutos religiosos. También censuraba la corrupción eclesiástica, motivada por el inmovilismo de cierta parte del clero ajeno a las directrices de sus prelados.

En el plano político evolucionó su pensamiento hacia el regalismo, a la necesidad de la alianza entre el trono y el altar como único medio para luchar eficazmente contra el liberalismo.

Entre 1825 y 1832, Pedro Inguanzo tuvo que atender a una doble tarea: la de arzobispo y la de consejero de Estado, junto a otro eclesiástico, el obispo de León, Joaquín Abarca, entre otros.

Viajó a Roma para asistir al cónclave en el que fue elegido el papa Gregorio XVI, el 16 de febrero de 1826. A partir de 1827 se retiró de la política, aunque fue requerido por el propio Fernando VII en distintas ocasiones a fin de que recibiera el juramento de todos los organismos y cargos de la nación para reconocer a Isabel II como reina de España en junio de 1833.

En Sevilla inició la erección del seminario, aunque no lo vio terminar. Creó la “Biblioteca de la Religión”, incorporando títulos de autores extranjeros y reeditó autores espirituales del Siglo de Oro. También contribuyó a la reforma de estudios universitarios apoyando los planes del padre Martínez.

 

Obras de ~: con M. Arias Flórez, Despachos librados por los señores comisarios, jueces reales apostólicos, subdelegados del Tribunal de la Santa Cruzada de la ciudad de Oviedo, con inserción de los del Excelentísimo Señor Comisario General, e Instrucción que les acompaña para la execución de un nuevo valoramiento general de las rentas Eclesiásticas Subsidiables, a fin de hacer el repartimiento de la contribución de los Subsidios con proporción e igualdad entre los contribuyentes, según está marcado pro S.M. en la forma que en ellos se expresa, Oviedo, 30 de septiembre de 1798; con J. A. García Barón, Nos los comisarios jueces apostólicos, reales y subdelegados del Tribunal de la Santa Cruzada de esta ciudad de Oviedo y su obispado, inclusa la Vicaría de San Millán C. Al M.R. en Christo P. Obispo de esta ciudad [...] Hacemos [...] saber [...] como ante nos se presentó el pedimento siguiente. Diego Álvarez Valdés, en nombre del venerable Deán y Cabildo de la Santa Iglesia Catedral de esta ciudad [...] digo: que habiéndose librado por el superior Tribunal de la Comisaría General el correspondiente despacho para el cumplimiento del Real Decreto, expedido por S.M. en orden al nuevo valoramiento general de las rentas eclesiásticas subsidiarias, Oviedo, 26 de agosto de 1800; Apéndice al procurador general de la nación y del Rey: discurso del señor diputado D. Pedro Inguanzo Rivero sobre la segunda proposición preliminar del proyecto acerca de la Inquisición, Cádiz, 1813; Discurso sobre la confirmación de los obispos, en el cual se examina por los principios canónicos que rigen en ella en todos tiempos y circunstancias y se contrae a los actuales de la Península, Cádiz, 1813 (Madrid, Imprenta de Eusegio Aguado, 1836; Murcia, Herederos de Muñiz, s. f.); Nos Don Pedro Inguanzo y Rivero, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica, Obispo de Zamora: al clero secular y regular, y fieles de este nuestro Obispado y a todo los en él estantes o habitantes, de cualquiera claseo condición que sean, salud en N.S. J., s. l. [1814-1824]; A todos los fieles de este obispado de cualquier estado y condición que sean, salud en Nuestro Jesu-Cristo. Son bien notorios [...] los estragos que causa en varios pueblos de Andalucía la Fiebre epidémica, s. l. [1814-1824]; ¿A quién pertenece y debe pertenecer en lo sucesivo la confirmación de los Obispos?, Madrid, 1821; El dominio sagrado de la Iglesia en sus bienes temporales. Cartas contra los impugnadores de esta propiedad, especialmente en ciertos libelos de estos tiempos. Y contra los críticos modernos, los cuales aunque la reconocen, impugnaron la libre adquisición o pretexto de daños de amortización y economía, Salamanca, 1820 y 1823, 2 ts.; Nos don Pedro Inguanzo y Rivero, obispo de Zamora, a todos nuestros diocesanos [...] veíamos con sumo dolor [...] la escandalosa licencia de imprimir y publicar dentro de la península libros y papeles los mas perniciosos y depresivos de Nuestra Religión Santísima [...] el libro o libelo, de que hablo, se titula Citador [...], Zamora, 1822; Nos Don Pedro Inguanzo y Rivero, por la Gracia de Dios, y de la Santa Sede Apostólica, obispo de Zamora, c. A nuestros Diocesanos de todos los estados y condiciones: salud en nuestro cuidado y régimen de vuestras almas no cesaremos de inculcaros aquella ley del amor, Zamora, 1822; Instrucción pastoral del Illmo. Señor Don Pedro Inguanzo y Rivero, obispo de Zamora, a sus diocesanos sobre la quaresma, Zamora, 1823; Nos Don Pedro Inguanzo y Rivero, por la gracia de Dios, y de la Santa Sede Apostólica, obispo de Zamora: al clero y pueblo de ésta nuestra Diócesis, Zamora, 1823; “Carta del Sr. Obispo de Zamora al papa Pío VII”, en Colección Eclesiástica Española, comprensiva de los Breves de S. S., vol. I, Madrid, Imprenta de E. Aguado, 1823, págs. 86-93; “Representación al Rey con motivo de los decretos de las Cortes y del Gobierno sobre Regulares”, en Colección Eclesiástica Española [...], vol. III, op. cit., 1823, págs. 204-244; “Exposición pastoral del Obispo de Zamora al Gobierno, con motivo de la orden relativa a diferentes providencias contra los llamados facciosos”, en Colección Eclesiástica Española [...], vol. VI, op. cit., 1823, págs. 182-195; “Exposición del Sr. Obispo de Zamora al Gobierno con motivo del decreto [29 de junio de 1821] para la ocupación de los bienes eclesiásticos”, en Colección Eclesiástica Española [...], vol. VII, op. cit., 1824, págs. 160-172; Nos D. Pedro de Inguanzo y Rivero, Presbítero Cardenal de la Santa Iglesia Romana, Arzobispo de Toledo [...]. A todos los Presbíteros seculares y regulares y más personas de todas las clases [...] que nuestro Ssmo. Padre León XII, Papa reinante, se ha dignado conceder la gracia de Altar privilegiado, s. l. [1824-1829]; El mal de los tiempos modernos; el olvido de Dios. Carta pastoral del Eminestísimo Señor Cardenal Arzobispo de Toledo, Toledo, 1825; Instrucción pastoral que el Emm. Sr. Cardenal Arzobispo de Toledo da a sus diocesanos comunicándoles el Jubileo del Año Santo, Madrid, 1826; Carta pastoral con una nota de varios libros, folletos y papeles que prohibe el Emmo. Señor Cardenal Arzobispo de Toledo, Madrid, 1827; Instrucción pastoral del Emm. Sr. Cardenal Arzobispo de Toledo, comunicando a sus diocesanos el jubileo concedido por su Santidad Reiante, Madrid, 1833.

 

Fuentes y bibl.: Archivo Capitular de Oviedo, Libros de acuerdos capitulares, n.os 62-67; Diario de sesiones de las Cortes de Cádiz de 1811-1813; Archivo de la Catedral de Zamora, Libros de acuerdos capitulares, n.os 53 y ss., 1814-1824.

Colección de los decretos y órdenes generales expedidos por las Cortes ordinarias de 1820-1821, vol. VII, 1821; G. Moroni, Dizionario di Erudizione Storico Eclesiástica, Venezia, Tipografia Emiliana, 1845, págs. 195-198; J. Rico y Amat, El libro de los diputados y senadores. Juicios críticos de los oradores más notables desde la Cortes de Cádiz hasta nuestros días, t. I, Madrid, Est. Tipográfico de Vicente y Lavajos, 1862; V. de la Fuente, Historia Eclesiástica de España, vol. IV, Madrid, Compañía de Impresores y Libreros del Reino, 1875, págs. 210 y 217; F. Canella Secades, Historia de Llanes y su Consejo, Oviedo, 1896; Sandoval y Abella, La grandiosa empresa de la Independencia y el Cabildo catedral de Oviedo, Oviedo, 1908, passim; J. Argüelles, Biografía de los diputados asturianos de las Cortes de Cádiz, Oviedo, 1912; S. Álvarez Gendin, El Cardenal Inguanzo, su vida y su obra, Oviedo, Revista de la Universidad, 1943, págs. 143-145; VI, 47, págs. 68-70 y 232; M. Pobladura, “Semblanza del Card. Pedro Inguanzo, Arzobispo de Toledo”, en Hispania Sacra (HS), 5 (1952), págs. 327-332; J. Fernández Cortina, “Biografía del Excelentísimo Cardenal Inguanzo y Rivero, Arzobispo de Toledo”, en HS, 5 (1952), págs. 327-338; M. Pinta Llorente, La Inquisición española, Madrid, Cultura Hispánica, 1954, págs. 422-425; V. Palacio Atard, Razón de la Inquisición, Madrid, Publicaciones Españolas, 1954, págs. 46-50; J. M. Cuenca Toribio, D. Pedro de Inguanzo y Rivero (1764-1836), último prelado del Antiguo Régimen, Pamplona, Universidad de Navarra, 1965; F. Aguilar Piñal, La Real Academia Sevillana de Buenas Letras en el siglo XVIII, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), 1966; O. Orive, “Inguanzo y Rivero, Pedro”, en Q. Aldea Vaquero, T. Marín Martínez y J. Vives Gatell (dirs.), Diccionario de Historia Eclesiástica de España, vol. II, Madrid, CSIC, Instituto Enrique Flórez, 1972, págs. 1192- 1194; M. Revuelta González, “La iglesia española ante la crisis del Antiguo Régimen (1803-1833)”, en R. García Villoslada (dir.), Historia de la Iglesia en España, V. La Iglesia en la España contemporánea, Madrid, La Editorial Católica, 1979 (Biblioteca de Autores Cristianos, Maior, 16-22), págs. 3-114; V. Bermejo Palacios y J. A. Mases (dirs.), Asturianos universales, 4. Ramón de Campoamor; Cardenal Inguanzo; Bermudo I, el Diácono; Pin de Pría; Adolfo Posada, Madrid, Páramo, 1996; J. Muñoz Miñambres, Historia civil y eclesiástica de la provincia de Zamora, Zamora, 1996, docs. 49, 57 y 77; F. Ruiz Cortés y F. Sánchez Cobos, Diccionario biográfico de personajes históricos del siglo XIX español, Madrid, Rubiños-1860, 1998; M. Gómez Ríos, Los obispos de Zamora (1600-1900), de los documentos del Archivo Secreto Vaticano, Zamora, Instituto de Estudios Zamoranos Florián de Ocampo-Diputación de Zamora, 2000, págs. 214-222.

 

José Carlos de Lera Maíllo

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