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Pau Claris i Casademunt

Biografía

Claris i Casademunt, Pau. Barcelona, 1.I.1586 – 27.II.1641. Canónigo, diputado eclesiástico, jurista y presidente de la Generalitat de Cataluña.

Descendiente por parte paterna de una familia originaria de Berga que se trasladó a Barcelona en la primera mitad del siglo xvi, Pau Claris era nieto e hijo de juristas. Su abuelo, Francesc, fue doctor agregado del Estudi General de Barcelona, asesor de la Batllia General y de la Diputació o Generalitat. Su padre, Joan, también doctor en Derecho, había estudiado en el Real Colegio de España o de San Clemente de Bolonia. La familia materna, los Casademunt, formaban parte de la burguesía mercantil de Barcelona y estaban emparentados con otros conocidos linajes de la pequeña nobleza, la ciudadanía “honrada” y la casta de juristas de la Ciudad Condal, como lo eran los Soler, Peguera y Vilaplana.

Pau Claris, vástago menor del matrimonio que había unido en el 1576 a Joan Claris y Petronella Casademunt (sus hermanos mayores eran Francesc, Mateu y Maties), cursó estudios jurídicos en la Universidad de Lleida, donde se doctoró en Derecho Civil y Canónico.

En 1612, cuando tan sólo contaba veintiséis años de edad, obtuvo un canonicato en la diócesis pirenaica de Urgell; una oportuna dispensa de edad, otorgada por la curia romana del pontífice Pablo V, sorteó la condición reglamentaria de contar con un mínimo de cuarenta años para acceder al canonicato.

Desde aquel momento, Pau Claris se convirtió en un fiel servidor de los intereses del Capítulo de Urgell, desplegando a la vez una intensa actividad y presencia en las esferas políticas del principado.

Como síndico y abogado del Capítulo de Urgell, Pau Claris residía principalmente en Barcelona. Claris ayudó al Capítulo pirenaico a recuperar algunas parroquias que habían sido segregadas al obispado de Urgell en 1593 con motivo de la erección de la diócesis de Solsona; asimismo lo representó en los concilios provinciales de la Tarraconense celebrados en 1626, 1636 y 1637; fue síndico de los canónigos de Urgell en las conflictivas e inacabadas Cortes de 1626, donde se distinguió tanto por su oposición a la Unión de Armas y a las pretensiones fiscales de Olivares, como por su rechazo a la política de la Corona de otorgar las mitras y otros beneficios eclesiásticos de Cataluña a candidatos no naturales del principado.

Estas actuaciones de Pau Claris en representación del Capítulo de Urgell, llevadas a cabo con anterioridad a su insaculación como diputado eclesiástico y presidente de la Generalitat en julio de 1638, se superponen a una destacada y variada actividad política e institucional. El elemento axial de ella fue la defensa de las leyes y constituciones del régimen pactista catalán frente a las tendencias absolutistas y uniformizadoras del gobierno central de la Monarquía española.

Durante las décadas de los años veinte y treinta del siglo xvii, Claris participó en la elaboración de diversos dictámenes jurídicos que protestaban contra los alojamientos de tropas que castigaban las poblaciones y vulneraban las leyes de Cataluña; se opuso también a la Corona, en 1632, en sus pretensiones de cobrar la décima de las rentas eclesiásticas; y también denunció el carácter anticonstitucional de la pragmática real del Prínceps Namque, de junio de 1637, que pretendía la movilización general del principado mediante ese usage feudal. Estas y otras actuaciones en defensa de la legalidad catalana hicieron que, a finales de los años treinta, la figura política de Pau Claris ya fuese aborrecida y temida en los círculos de la Administración real.

Desde el mes de mayo de 1625, Claris estaba incluido en la bolsa de sorteables para el cargo de oidor de cuentas de la Generalitat, y desde el mes de febrero de 1632 lo estaba en la bolsa para el cargo de diputado del general. En la extracción trienal del año 1638, celebrada como era tradicional el 22 de julio, día de santa Magdalena, fue extraído Pau Claris i Casademunt como diputado eclesiástico y presidente de la Generalitat. Le acompañaron en la insaculación Francesc de Tamarit i Rifà, doncel de Barcelona, como diputado militar; Josep Miquel Quintana, ciudadano honrado de Barcelona, como diputado real; Jaume Ferran, canónigo de Urgell, como oidor eclesiástico; Rafael Antic, doncel de Barcelona, como oidor militar; y Rafael Cerdà, ciudadano honrado de Girona, como oidor real.

Desde un primer momento, la nueva Diputació encabezada por Pau Claris mostró una actitud de fortaleza ante la agresiva política anticonstitucional del ministerio de Olivares. Los choques institucionales se hicieron cada vez más frecuentes. En el mismo año 1638 estalló una disputa jurisdiccional por un asunto de contrabando que enfrentó a la Diputació y la Capitanía General. A principios de 1639, cuando aún no estaba cerrado el conflicto del contrabando, los juristas de la Generalitat negaron la validez de unas pragmáticas reales sobre el obligatorio permiso de residencia de la población francesa que vivía en Cataluña, y sobre una contribución extraordinaria destinada a la reparación de las fortificaciones militares.

A pesar de que la guerra con Francia desatada en 1635 había incrementado extraordinariamente la presión fiscal y militar sobre Cataluña, la Corte de Madrid se mostraba insatisfecha con la contribución de los catalanes. Para vencer la resistencia constitucional de las instituciones catalanas, el Ministerio de Olivares decidió procesar a sus principales autoridades políticas.

El 14 de marzo de 1640, el Consejo de Aragón, siguiendo las directrices del protonotario Jerónimo Villanueva, acordó enviar órdenes al virrey, conde de Santa Coloma, para que procediese a la detención del diputado militar Francesc Tamarit y que, al mismo tiempo, indicase al juez eclesiástico del Breve que abriese una pesquisa contra Pau Claris; finalmente, también, el Consejo de Aragón quería iniciar un proceso para hacerse con los derechos de la Diputació, es decir, con sus ingresos económicos.

El apresamiento del diputado Tamarit, ejecutado por el alguacil Joan Miquel de Monrodon en la tarde del día 18 de marzo, se añadía a las detenciones que ya habían practicado los oficiales reales el día 10 de aquel mismo mes en las personas de Francesc Joan Vergós y Lleonard Serra, miembros destacados del Consell de Cent, los cuales, ante las informaciones que llegaban a Barcelona sobre los atropellos cometidos por los tercios hispánicos, habían propuesto que los consellers vistiesen con una gramalla negra en señal de duelo por la conculcación de las leyes y constituciones del principado y en protesta de las violencias perpetradas en Cataluña por los ejércitos del Rey.

En aquellas fechas el ambiente en Barcelona era muy tenso. El dietario de la Generalitat hace constar como durante la vigilia de Sant Jordi no se celebró ninguna de las tradicionales fiestas, y como la casa de la Diputació quedó sin sus ornamentos acostumbrados: “la causa fonch [dice el dietario] lo tenir pres y capturat lo molt il·lustre senyor Francesc Tamarit, deputat militar, sens saber per què no, sinó per ser molt affecte a la pàtria y defensor de las leys y constitucions de la terra. Déu li done libertat”.

A partir de aquellos momentos, un abismo se fue abriendo entre la Generalitat presidida por Pau Claris y los círculos gobernantes de la Corte de Madrid, dirigidos por Olivares. Las disputas político-constitucionales, fiscales, jurídicas e ideológicas arrastradas durante mucho tiempo entraron, durante los meses de primavera y verano de 1640, en una fase de clara confrontación. Para las instituciones catalanas, la política del Ministerio de Olivares había llevado al principado y a los condados del Rosellón y la Cerdaña a un cúmulo de calamidades: la guerra y los alojamientos de las tropas; nuevas cargas fiscales y grandes perjuicios en el mundo del comercio, la continua vulneración de las leyes y constituciones del principado; la detención del diputado militar Francesc Tamarit; el bombardeo y el saqueo de Perpinyà entre los días 13 y 15 de junio, etc. Por su parte, el Gobierno de Madrid también se mostraba encolerizado por una serie de hechos: el episodio de la liberación de Tamarit de las prisiones reales durante la primera entrada de los segadores en Barcelona (22 de mayo); la muerte del virrey conde de Santa Coloma y la persecución de los jueces de la Audiencia durante la jornada del Corpus de Sang (7 de junio); los ataques a las tropas reales por parte de la población sublevada en el campo catalán desde el mes de mayo; las noticias de la fortificación de algunas ciudades; los desórdenes ocurridos en Tortosa los días 21 y 22 de julio; y, sobre todo, por los rumores acerca de las negociaciones para establecer una alianza francocatalana.

La muerte del duque de Cardona (nuevo virrey de Cataluña) el 22 de julio, en Perpinyà, supuso, probablemente, la desaparición de la última figura con autoridad suficiente, y crédito en ambas partes, para intentar conciliar los contenciosos de aquella difícil situación. De hecho, a finales de julio, por Barcelona y toda Cataluña se había extendido el rumor acerca de los preparativos militares que se hacían en Castilla para organizar un ejército cuya finalidad era invadir el principado. Según escribía Pau Claris al conde-duque de Olivares el 31 de julio, el rumor “diuse per tant cert, que lo vulgu ho té per infalible, y las personas ben intentionades han casi arribat ha creuser-ho” y, en la misma carta, el presidente de la Diputación del general decía con un tono de sutil amenaza que “segons veyem los ànimos comunament alterats, ha de succehir alguna grandíssima desdicha en deservey gran del Rey nostre senyor”. Después de algunas consultas con la Junta de Estado y con los Consejos de Aragón y de Estado, el 12 de agosto Felipe IV dio la orden de que el Ejército real invadiera Cataluña.

Ante las preocupantes noticias que llegaban de la Corte de Madrid, Pau Claris reactivó las negociaciones con Francia y, el día 15 de agosto, Aleix de Sentmenat y Francesc de Vilaplana concertaron, en Leucata, un protocolo de capitulaciones con el duque de Espenan que sirvió para preparar los pactos de Ceret del 24 de septiembre. Ramon de Guimerà y Francesc de Vilaplana, por un lado, y Du Plessis Besançon y Espenan, por el otro, pactaron, por tres meses, una ayuda militar francesa de 6.000 infantes y 2.000 caballos pagados por la Generalitat. Asimismo, el día 27 de agosto, Pau Claris reunió a la Junta Particular de los brazos residentes en Barcelona, la cual, en cuanto recibió oficialmente de parte del virrey Gil Manrique la lista de cargos de rebeldía que el Gobierno de Madrid hizo en contra de Cataluña el 2 de septiembre, convocó a los Brazos Generales.

La Junta General de Brazos, inaugurada el día 10 de septiembre y presidida por Pau Claris, se convirtió, de hecho, en un poder revolucionario disidente dispuesto a legitimar y a organizar la resistencia en contra de los ejércitos enviados por Olivares y Felipe IV.

El día 13 de septiembre de 1640, los brazos decidieron crear una Junta de Guerra y otra de Hacienda, de doce miembros cada una —cuatro por estamento—, que serían las encargadas de movilizar a hombres y recursos económicos para hacer posible la defensa.

Consultando el dietario de la Junta General de Brazos se puede observar que el discurso político de los representantes de los estamentos giraba en torno a la idea principal de que la existencia misma de Cataluña se fundamentaba en sus constituciones y libertades y que, en el caso que fueran destruidas, supondría también el fin de Cataluña como patria política.

Sin embargo, todavía en aquellos momentos, otoño de 1640, las opciones no estaban completamente cerradas y los alineamientos políticos de los miembros de la clase dirigente catalana eran diversos: iban desde un acercamiento y una reconciliación con el Gobierno central de la Corona de España hasta la entrega a la Corona de Francia. Las noticias que llegaron a Madrid a comienzos de diciembre de 1640 sobre la rebelión de Portugal, hicieron que muchos ministros de la Corte se inclinasen por llegar a un acuerdo con los catalanes; pero Olivares recelaba de que la clemencia fuese confundida con debilidad y prefirió dejar avanzar las operaciones militares conducidas por el marqués de los Vélez.

La entrada “a sangre y fuego” —tal como repetidamente expresaban los cronistas coetáneos— del Ejército español, arrasando las comarcas del sur del principado, fue el factor que acabó empujando definitivamente a Pau Claris y a la clase dirigente catalana a la alianza con Francia. El episodio de la carnicería de Cambrils, villa donde el 15 de diciembre de 1649 el ejército del marqués de los Vélez ejecutó a más de seiscientos vecinos que se habían rendido con pacto de respeto a sus vidas, levantó una oleada de indignación por todo el Principado, enardeció el odio anticastellano y fortificó a los sectores dirigentes en su actitud de resistencia. Como afirmaba el cronista del cabildo de la catedral de Barcelona, los defensores de Cambrils habían luchado y muerto “per la causa de Déu i per les lleis de la pàtria que sos passats avian comprat a preu de sanch”.

Como es sabido, la ruptura definitiva con la Monarquía española se produjo en dos fases: la primera, el 16 de enero de 1641, cuando Cataluña se convirtió en república bajo la protección francesa, y la segunda, cuando el 23 del mismo mes, bajo la amenaza del Ejército español que estaba a punto de asaltar Barcelona, los Brazos juraron fidelidad al rey de Francia Luis XIII.

Unos días después, las tropas francocatalanas derrotaban estrepitosa e inesperadamente al Ejército español en la batalla de Montjuic (26 de enero). Sin embargo, Pau Claris apenas tuvo tiempo de conducir aquella nueva situación política. A partir del 10 de febrero, una enfermedad le impidió hacerse cargo de sus obligaciones institucionales: murió el día 27 de ese mismo mes. Según algunas crónicas coetáneas, fue una uremia la causa de la indisposición que acabó con su vida; pero fuentes francesas atribuyen su muerte a un envenenamiento con motivaciones políticas, ejecutado por agentes españoles. El 1 de marzo de 1640, Pau Claris fue enterrado en la iglesia de Sant Joan de Barcelona.

El dietario de la Generalitat destaca que en la iglesia apenas se podía entrar por la multitud que la abarrotaba, y hace el comentario siguiente sobre el sermón que predicó el agustino fray Gaspar Sala en aquella ocasión: “Fonch cosa bellísima oÿr aquell bon pare les grandesas que digué del que.ns havia redimits y restituïda sa mare Cathalunya a sa pristina llibertat”.

 

Bibl.: J. Coroleu Inglada, Claris i son temps, Barcelona, Editorial La Renaixença, 1880; A. Rovira i Virgili, Pau Claris. Estudi biogràfic i històric, Barcelona, Associació Protectora d’Ensenyança Catalana, 1922; J. Sanabre, La acción de Francia en Cataluña en la pugna por la hegemonía de Europa 1640-1659, Barcelona, Reial Acadèmia de Bones Lletres de Barcelona, 1956; J. H . Elliott, La revolució catalana de 1640, Barcelona, Editorial Vicens Vives, 1966; B. de Rubí, Les corts generals de Pau Claris, Barcelona, Fundació Vives Casajuana, 1976; R. García Cárcel, La revolta catalana. Pau Claris, Barcelona, Dopesa, 1980; A. Simón Tarrés, Els orígens ideològics de la revolució catalana de 1640, Barcelona, Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 1999; E. Serra, “Pau Claris i Casademunt”, en J. M. Solé Sabaté (dir.), Historia de la Generalitat de Catalunya i dels seus presidents. Vol. II. 1518-1714, Barcelona, Edicions Enciclopèdia Catalana, 2003, págs. 204-216; A. Simón Tarrés, Cròniques de la Guerra dels Segadors, Barcelona, Ediciones Curial, 2003.

 

Antoni Simón Tarrés

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